Francisco Espinosa nos muestra en una edición revisada cómo fue y cómo aconteció el avance del ejército franquista de Sevilla a Badajoz. Lo acaba de editar esta edición revisada Crítica con un prólogo de Josep Fontana.
La sinopsis de este libro:
La columna de la muerte no sólo nos descubre la dura realidad de la fase inicial de la guerra civil española, hasta las sangrientas batallas de Badajoz, con un estudio minucioso y desmitificador realizado pueblo a pueblo y con la aportación de nuevas evidencias documentales, sino que renueva los estudios sobre la represión, llevándolos más allá del debate sobre las cifras, para ahondar en su naturaleza. Espinosa nos muestra que la represión no fue una consecuencia de la guerra, sino una de sus razones explicativas fundamentales: que su aparente irracionalidad cobra un nuevo sentido cuando advertimos que la violencia formaba parte del proyecto inicial de los insurgentes, dispuestos a exterminar a todos aquellos elementos de la sociedad española–políticos, sindicalistas, profesionales, maestros…- que habían contribuido a articular la alternativa reformista iniciada en 1931, que el triunfo electoral de 1936 podía volver a poner en marcha. Es la naturaleza de la represión, mucho más que sus cifras, por terribles que resulten, lo que hace de Badajoz un anticipo de Auschwitz.
El autor, Francisco Espinosa:
Francisco Espinosa Maestre (Villafranca de los Barros, Badajoz, 1954), doctor en Historia e historiador. Por otra parte es autor de diversos libros y artículos sobre la República, la guerra civil y la represión franquista en el suroeste y sobre su memoria e investigación posterior. También fue autor del Informe sobre la represión franquista entregado al juez Garzón y miembro de la comisión que le asesoró en su iniciativa. Ha coordinado trabajos sobre las consecuencias del golpe militar en todo el país, caso de Violencia Roja y azul. España, 1936-1950. Desde su fundación en 2005 y hasta 2010 fue coordinador científico del proyecto Todos los Nombres. Entre sus obras destacan La guerra civil en Huelva (1996), La columna de la muerte (2003), La justicia de Queipo (2005), La primavera del frente popular (2007), o Callar al mensajero (2009).
Nosotros ya hemos entrevistado una vez a Francisco Espinosa con un libro pletórico:
-Francisco, estamos con un libro tuyo, La columna de la muerte y ante una edición revisada. Lo primero que queremos preguntarte con el paso del tiempo, respecto a aquella primera edición; es que qué te hizo acercarte a esta especie de “red” de acontecimientos que hizo que allá donde fue la Columna esta hubiese algo más que terror…
-Para buscar el origen de La columna de la muerte debería de irme muy atrás. De mi familia había recibido la versión franquista. Mi padre se incorporó muy joven a los sublevados. Cuando acabó la guerra tenía 22 años. Cuando por algún motivo íbamos a la ciudad de Badajoz entrábamos en ella por una de las puertas de sus murallas, cuya bóveda tachonada de disparos había sido conservada así en memoria de la ocupación de la ciudad. En mi pueblo vi durante muchos años la lápida con los nombres de los caídos, pero solo muchos años después supe que ni uno de ellos había encontrado la muerte en la localidad. Finalmente cuando pasé a estudiar en Sevilla recorrí cientos de veces sin saberlo la ruta de la Columna de la Muerte. A todo esto hay que añadir las lecturas: El laberinto español de Gerald Brenan, las historias de la guerra civil de Hugh Thomas o Gabriel Jackson o El mito de la cruzada de Franco de Herbert Southworth. Todo esto influyó en mi interés por el tema.
-Dedicas el libro a Luis Pla y también a todos aquellos periodistas que, de alguna manera, retrataron el paso de la Columna que comandaba Yagüe hasta llegar a Badajoz donde bárbaramente se explayó con el terror, la muerte y la represión más indiscriminada… ¿Les dedicas el libro a ellos porque sin ellos la historia o parte de esta historia no se hubiese conocido y aquello que no se conoce pues es como si no hubiese pasado?
-Los periodistas aparecen en la dedicatoria desde la primera edición. Fue tan importante su papel que creo que era de justicia destacarlos. Luis Pla falleció hace poco y su muerte nos afectó a todos los que lo conocimos. Él fue memoria viviente de lo ocurrido en Badajoz. Su padre y su tío, representantes de la burguesía republicana, fueron asesinados a los pocos días de ocupada la ciudad. Los asesinos pusieron pretextos varios pero la verdad es que fueron eliminados por ser de izquierdas y porque los fascistas no podían soportar que personas como ellas no estuviesen de su lado. Luis siempre ayudó a quienes se acercaron a él en busca de su testimonio, incluso a los que no llevaban buenas intenciones y justificaron el asesinato de sus familiares.
-¿El concepto de Franco y de Yagüe era el de la eliminación el exterminio de todos y todas los que no pensasen como ellos o compartiesen sus ideas?
-Los militares que participaron en la trama golpista, con Mola en cabeza, estaban convencidos de que la resistencia sería importante, razón por la que ya en la preparación del plan y a través de las instrucciones de Mola previeron el recurso sistemático a la violencia para imponerse mediante el terror. Y esto lo decidieron a sabiendas de que a la República le llevaría cierto tiempo recuperarse del golpe y organizar las fuerzas que deberían defenderla y en la seguridad de que las fuerzas de choque del Ejército con sede en el norte de África no tendrían oponente en su recorrido hacia la capital. La mezcla de estos factores pone en evidencia que lo que habían planificado era simplemente un plan de exterminio que pusiera fin para siempre a los deseos reformistas de la mayoría social española.
-Esa manera de concebir la guerra ¿les venía un poco de los nazis, hasta qué punto importaron ciertas ideas?
-En realidad el Ejército ya tenía práctica en esta tarea desde mucho antes a causa de las guerras coloniales que tuvieron lugar en el norte de África y que culminaron durante la dictadura de Primo de Rivera. Se trató de una guerra sin límites tanto por las cotas de crueldad alcanzadas como por el uso de gases tóxicos. Los militares formados en aquellas guerra terrible suelen denominarse “africanistas”. Estas guerras además favorecieron ascensos fulgurantes. Pero el antecedente anterior al golpe militar se dio poco antes, en 1934 con motivo de la revolución de octubre, con Franco al frente del gabinete militar del Ministerio de la Guerra y con Yagüe al mando de la Legión y el Tercio enviados a Asturias. La derecha observó con complacencia para qué podía servir el Ejército de África.
-¿Marcó esta columna y marcaron los hechos acaecidos en Badajoz un antes y un después en el concepto y/o manera de contar las historias de la guerra para los corresponsales? Y ¿hasta qué punto?
-El golpe militar del 36 y su derivación en guerra civil convirtieron a España en un país observado por el mundo. Es importante señalar que se vivía en plano ascenso de los fascismos y que desde un principio tanto Alemania como Italia consideraron a España como una punta de lanza para la causa fascista. Corresponsales de todo el mundo se desplazaron a España para contar qué estaba pasando. La lucha entre fascismo y democracia lo impregnaba todo. Información y propaganda jugaban un papel muy importante. En el caos de los primeros meses algunos periodistas pudieron contar y fotografiar lo que estaba pasando. El poder de estas crónicas e imágenes era tal que rápidamente los militares golpistas crearon gabinetes de censura y dieron a conocer rígidas normas sobre esta cuestión.
Pero ocurrió que al ser el inicio del conflicto los golpistas tardaron un poco en controlar a los corresponsales y a las agencias. En cuestión de semanas todas las fotografías debieron pasar por el gabinete de censura militar. Quizás el caso más conocido sea el de Badajoz tras su ocupación el 14 de agosto de 1936 con las crónicas de Mario Neves y las imágenes de René Brut.
-Si lo marcó en el mundo de la crónica y del periodismo, también debió marcarlo en el mundo de la propia guerra; ese querer implantar terror por el simple hecho de implantarlo cómo crees que afectó al “concepto de hacer la guerra”?
-En muchos aspectos la guerra española fue un primer ensayo de la II Guerra Mundial. Lo que la diferenciaba es que su origen estuvo en un golpe militar. Desde el 17 de julio de 1936 en el norte de África y el 18 en la península el golpe inició su recorrido. A las fuerzas africanas se fueron uniendo los regimientos sublevados del suroeste. El éxito del golpe en Sevilla resultaba clave. Sin la combinación Ejército de África/Sevilla difícilmente hubiera triunfado. El 18 de julio son varios miles de personas las que actúan al servicio del golpe y cuando los sublevados partieron hacia Mérida a comienzos de agosto entre las tres columnas sumaban en torno a diez mil personas. Durante meses el enemigo de los golpistas, a falta de un ejército en frente, fue la población civil, que fue diezmada a lo largo del recorrido a golpe de bandos de guerra, es decir, a capricho de los militares fascistas. Esta fase tuvo su fin el 7 de noviembre ante las puertas de Madrid con un estrepitoso fracaso por parte de los golpistas. Solo a partir de entonces cabe hablar de lo que solemos entender por guerra.
España se convirtió en campo de pruebas para Alemania e Italia, ya que ambos países se implicaron desde el principio enviando armas y hombres. Fueron numerosos los bombardeos en que participaron al frente de sus aviones. Sirvan de ejemplo, entre otros, los que realizaron sobre el País Vasco y sobre Cataluña.
-Hablemos un poco de esta edición revisada, ¿qué nos aporta de nuevo que no lo hacía la primera de 2003?
-Esta 6ª edición, aparte de un nuevo prólogo, aporta varios centenares de casos de personas asesinadas por los sublevados proporcionados por los propios familiares desde que salió la primera edición de 2003, incorpora numerosas notas aportando nuevas informaciones y actualiza anexos como el dedicado a la historia de la fotografía de portada. Se trata de la imagen de un grupo de personas asesinadas en la calle Carnicerías de Talavera de la Reina tras la irrupción de Yagüe, de la que se puede decir que ya conocemos su historia completa desde el origen del hecho por un testigo hasta la identificación del autor de la foto, que no es otro que Roland Strunk, el jefe del espionaje nazi en España
-Después del terror, de la muerte, de la represión de todo tipo queda ese miedo recogido; queda ese escarmiento que se arrastra años y años y que tiene a toda una población civil agazapada en un silencio que solapa su propia libertad, ¿Qué nos puedes reflexionar?
-Tras la gran matanza que comenzó en el 36 y se extendió hasta finales de los años 40 y comienzos de los 50 los vencidos, en su mayoría jornaleros, quedaron en situación de esclavitud al servicio de la propiedad y de los sectores emergentes al servicio del fascismo. La situación fue durísima y los pueblos se convirtieron en auténticas ollas a presión donde los vencidos tuvieron que aguantar todo lo que les vino encima. Esto solo empezó a superarse cuando a mediados de los 50 comenzó el fenómeno de la emigración. Badajoz perdió para siempre a cientos de miles de personas que buscaron una nueva vida en zonas industrializadas del país y también en la Europa de posguerra. Fueron condenados a vivir el desgarro de abandonar pueblo, familia y amigos, pero al mismo tiempo encontraron la manera de vivir lejos de donde tanto habían sufrido y pudieron pensar en otra vida para ellos y sus hijos.
El miedo nunca se fue de los pueblos. Los vencedores nunca permitieron a los vencidos ser sus iguales. Los pueblos se llenaron de símbolos que recordaron constantemente la victoria. Una generación tuvo que callar el terror vivido para que la siguiente pudiera integrarse normalmente en la vida. Los responsables del terror, los ejecutores y los que aplaudían nunca tuvieron que rendir cuenta alguna. Hasta tal punto preocupaba esto que antes de la Constitución se aprobó la amnistía que borraba “todos los actos de intencionalidad política, cualesquiera que fuese su resultado”. Al cerrarse en falso este asunto sin pasar por la justicia, el miedo quedó para siempre y la impunidad se hizo norma.
-De vital importancia son los testimonios que presenciaron y vivieron aquellas barbaries…
-La historia oral podría haber tenido un papel más importante. Entre las razones para que esto no sea así está el miedo a hablar. Unos no querían hablar y otros no querían grabadora ni que apareciese su nombre. Por otra parte hubo dos factores negativos para la historia oral: la larga duración de la dictadura y estrechamente unida a ella el rechazo al pasado por parte de la UCD y, sobre todo, por el PSOE. Muchos mayores sintieron que su testimonio no interesaba a nadie, empezando por sus propios hijos o nietos. Sus notas, documentos y fotografías acabaron en la basura. Cuando a comienzos de la década pasada surgió el movimiento pro memoria la mayoría de ellos ya habían muerto.
-¿Qué perfil podemos hacer de los que perecieron bajo la Columna de la muerte?
-En una sociedad marcadamente agrícola las víctimas del terror fascista fueron en general jornaleros. La clase media era casi inexistente. El objetivo de los represores era acabar con la experiencia republicana y sus protagonistas, como dijo un cura de Huelva en un sermón, hasta la raíz. De modo que el grupo a eliminar lo fue por su papel en los años anteriores. Fue el caso de alcaldes, concejales, sindicalistas o simplemente funcionarios. Se fue especialmente duro con algunos colectivos como los relacionados con la enseñanza, el ferrocarril o con los militares que se mantuvieron fieles a la legalidad. La purga también afectó a personas en mejor posición social como médicos, farmacéuticos e incluso propietarios e industriales bien por su compromiso con la República o simplemente por tener mayor conciencia social. Pero debe quedar claro que un 65% de las víctimas eran jornalero, braceros, yunteros, etc. Con ellos también desapareció para siempre el sueño de justicia que representó la reforma agraria.
Fueron asesinadas igualmente cientos de mujeres por su protagonismo sindical o político, por ser familiares de izquierdistas que habían huido o simplemente por quejarse o pedir explicaciones de lo que estaba pasando. Los hombres habían huido en la seguridad de que los sublevados respetarían a sus familias, pero la realidad fue que la mujer quedó en total indefensión ante la realidad que se impuso por la violencia y el terror. La ocultación de la represión afecta aún más a las mujeres que a los hombres. Estos casos que afectaron a mujeres de todas las edades fueron especialmente dolorosos para las familias. Se vieron sometidas a todo tipo de humillaciones: rapado de la cabeza, purgas de ricino, mano de obra esclava, abusos de todo tipo, violaciones y asesinatos. El sufrimiento se alargaba para las familias por el tratamiento que el morbo fascista daba a cada uno de estos hechos.
-¿Qué hombres, qué retrato de ellos podríamos realizar, me refiero de los que asaltaron Badajoz (y los pueblos camino de Badajoz desde Sevilla) a los órdenes de Yagüe? ¿qué importancia tenía en que fuesen fuerzas africanistas, muy expertas en las tensiones en que vivían en Marruecos?
-El Ejército de África estaba formado por fuerzas mercenarias a las que daba igual tomar al asalto una aldea rifeña que un pueblo extremeño. Ese fue el resultado de la larga guerra colonial: crear un ejército que había que mantener y cuya fidelidad se limitaba a obedecer a sus mandos. Moros y legionarios fueron trasladados a Jerez y Sevilla por miles a partir del 17 de julio y a lo largo de varios meses. Ellos fueron las fuerzas de choque en el avance hacia Madrid. Para compensar el escaso sueldo que recibían se les permitió robar lo que les apetecía durante el tiempo que permanecían en cada lugar. Se les utilizó para integrar los piquetes de fusilamiento y en ocasiones se les permitía acometer ciertos excesos.
Junto a ellos iban militares y civiles militarizados que veían e incluso anotaban en sus diarios las barbaridades que cometían, permitiéndose así pensar que ellos no eran iguales. No hay que olvidar que moros y legionarios eran meros ejecutores de lo que les ordenaban los militares o la Guardia Civil.
-¿Por qué el franquismo se ceba tanto en Extremadura, en concreto en Badajoz y provincia?
-Badajoz era una provincia marcadamente de izquierdas y de predominio socialista (me refiero al socialismo surgido a fines del XIX y aniquilado a partir de julio de 1936). Era una de esas provincias donde las elecciones democráticas dejaban en minoría a la derecha, que era consciente de que por esa vía nunca recuperarían el poder perdido en 1931. La derecha no podía soportar ver los lugares de poder que por tradición les pertenecían ocupados ahora por obreros, ni que en decisiones que afectaban a sus intereses intervinieran personas ajenas a su medio. Por si fuera poco Badajoz fue provincia piloto en la aplicación de la reforma agraria. Se trataba de una ley de carácter reformista que para la derecha constituía una agresión sin igual. La República buscaba mediante la justicia social dar un medio de vida a la mayoría de la población, privada del único medio que le permitiría vivir con cierta decencia: la tierra. En tercer lugar los sublevados nunca perdonaron el fracaso del golpe en Badajoz. Los que había logrado controlar a la Guardia Civil sublevada y deshacer la trama golpista, por endeble que fuera, debían pagarlo. Y finalmente las fuerzas militares leales al gobierno y los milicianos ofrecieron una resistencia que fue aplastada brutalmente para que sirviera de aviso.
-Háblanos un poco. ¿Y el proceso de documentación que, tanto en la primera edición como ahora, marcan un antes y un después en la manera de estudiar ciertos episodios de la Guerra Civil?
-El avance de las columnas desde Sevilla no había sido apenas estudiado y lo que había procedía en general de la historiografía franquista. Me sirvió especialmente haber realizado ya anteriormente un estudio similar sobre la provincia de Huelva. Las fuentes básicas fueron los archivos municipales, la documentación militar (Madrid/Ávila/Segovia), la Causa General (Madrid) y los libros de defunciones de todas las localidades investigadas. Finalmente pude también contar con la documentación procedente del Archivo del Tribunal Militar Territorial de la Segunda División (Sevilla). Esta documentación judicial militar, abierta a la investigación en 1997, resultó clave por el hecho de que, aunque Badajoz pertenecía a la Primera Región Militar, los procedimientos abiertos tras la ocupación de la zona fueron instruidos desde Sevilla. Todo ello permitió hacer un trabajo que ofrecía una visión amplia y detallada de los meses posteriores al golpe en la zona central y occidental de Badajoz, que a su vez sirviera de base para acometer monografías locales que profundizaran en cada lugar.
-¿Y las dificultades para poder escribir este libro tan potente desde la raíz? Coméntanos, por favor.
-La investigación se llevó a cabo entre 1998 y 2002. Estos empeños nunca ha sido fáciles en nuestro país dada la actitud contraria a facilitar documentos por parte de los organismos e instituciones que los controlan. Planteaban problemas el número suficiente de alcaldes y secretarios, personal judicial, responsables de archivos del Estado y militares como para convertir la investigación en una carrera de obstáculos. No exagero si digo que después de cada una de estas investigaciones cabría escribir otro libro contando las vicisitudes que ha acarreado y dando los nombres de los funcionarios que intentaron obstruir la investigación. La responsabilidad no es solo de ellos sino de quienes elaboran leyes y normativas ambiguas que les permiten elegir entre ser partidarios de la libertad de información o de la restricción en el acceso a los documentos.
Los archivos españoles, tanto civiles como militares o eclesiásticos, salvo excepción, no han superado aún la situación de anormalidad en que se encuentran desde la transición. Tampoco Cultura parece tener muy claro el papel relevante que juegan los archivos en una sociedad democrática. Bastará con decir que importantes fondos documentales relativos a nuestra historia reciente y concretamente a la etapa 1931-1967 (fecha tope por ahora del plazo legal de consulta: 50 años) siguen ocultos. De esta situación son víctimas los usuarios, los funcionarios y la sociedad española, mantenida en la ignorancia por decisión de sus propios gobiernos.
Iberoamerican Institute of the Hague-IIH (La Haya, Países Bajos)
En memoria de Carlos Slepoy
“Pero esa preferencia por la amnistía ‒justificada en momentos políticos de transición de un sistema totalitario hacia un régimen democrático‒ prescinde de una enseñanza histórica que evidencia que, en no pocos casos, las leyes de amnistía han sido el medio hecho valer por regímenes dictatoriales para borrar gravísimos delitos contra las personas y sus derechos fundamentales. De la memoria colectiva forman parte decisiones de amnistía que sirvieron para ocultar delitos cuyo perdón y consiguiente impunidad pretendieron disfrazarse mediante el eufemismo de leyes de punto final, que tuvieron que ser neutralizadas, precisamente, por los Tribunales”.
Informe de Indulto de la Sala Penal del Tribunal Supremo emitido en el expediente tramitado con ocasión de la Ejecutoria correspondiente en la Causa Especial núm. 3/20907/2017,
En 2004 el Equipo Nizkor captó con agudeza lo que denominó como el “Modelo de Impunidad Español” (MIE): un proceso histórico vivo de incierta evolución[2]. Examinar con los ojos del historiador del presente vivido su actual fase de desarrollo resulta una tarea harto complicada, al menos, en lo que se refiere a conjugar todas las características que, a su vez, confluyen con el denominado “Proceso de Recuperación de la Memoria Democrática y Social” (PRMDS)[3].
La principal novedad reside en una inédita modificación de la correlación de fuerzas en esta última larga década. Un cambio que debe ser leído, en buena medida, en términos de retroceso de las pequeñas conquistas alcanzadas a nivel político, historiográfico, cultural… Sin embargo, no tanto, en términos judiciales, pues, precisamente este ha sido el permanente muro de contención frente a cualquier posible modificación, total o parcial, del MIE en relación al Derecho a la Verdad, el Derecho a la Justicia, el Derecho a la Reparación y las Garantías de No Repetición ante todas y cada una de las iniciativas planteadas por las víctimas del franquismo, el movimiento memorialista y otros tantos actores implicados desde mucho antes de la propia publicación del Informe Nizkor.
Si la Constitución Española aunque “sagrada” ha sido convenientemente reformada en determinados momentos; la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía de 1977 ha sido y es un objeto jurídico inalterable para los partidos del Régimen del 78 y, de forma concreta, para el Poder Judicial[4]. Cuarenta y cuatro años después de su aprobación en las Cortes constituyentes se sigue aplicando con total discrecionalidad en todas las instancias judiciales en España. Bien lo saben las víctimas de los crímenes de la dictadura franquista ‒a saber, víctimas de crímenes de lesa humanidad‒ a quienes bloqueada deliberada y sistemáticamente la vía política han comprobado como a cada intento de acceder a la reparación de las violaciones de sus Derechos Humanos por la vía jurídica ha obtenido un resultado negativo. Ni una sola “victoria” puede contarse.
Homenaje organizado por la Asociación Recuerdo y Dignidad de Soria a las víctimas de la «Fosa de los Maestros» de Cobertelada (foto: Lo que somos)
Cinco posibles casos permiten verificar esta realidad inmutable del MIE[5]. Basta con acercarse a la inadmisión a trámite por parte del Tribunal Constitucional (TC) en enero de 2021 del recurso de amparo presentado por el ex-dirigente comunista Gerardo Iglesias con el fin de investigar crímenes de lesa humanidad, a raíz de las torturas que sufrió en su periplo de lucha antifranquista[6]. Un Auto que ha llegado a contar con hasta tres votos particulares “críticos” nueve meses más tarde[7]. En febrero de 2021, a juicio del Tribunal Supremo (TS), tampoco resulta posible investigar en sede judicial las desapariciones forzadas masivas por parte de los golpistas durante la Guerra Civil, tal y como denunció la Asociación soriana Recuerdo y Dignidad en relación a la “Fosa de los Maestros” [8]. Enésimo cierre de la Justicia que, además, ignora de forma deliberada todas las obligaciones internacionales contraídas por España desde 1977[9]. Tres años antes la Audiencia Provincial de Madrid clausuró cualquier posibilidad para que los funcionarios policiales de la Brigada Político-Social, y en concreto, Antonio González Pacheco “Billy El Niño”, pudieran ser investigados por la práctica generalizada de la tortura bajo la dictadura[10].
El fatídico año 2012 concluyó con la inadmisión a trámite por parte del TC del recurso de la familia de Miguel Hernández tras dictarse, previamente, por la Sala Militar del TS que su sentencia seguía siendo legal[11]. Con o sin Ley de Memoria Histórica de 2007[12]. Un año que será recordado dentro del MIE por la Sentencia del TS 101/2012 contra el Juez Garzón tras intentar iniciar unos años antes ‒una vez constatadas las insuficiencias y líneas rojas de la recién citada Ley de Memoria Histórica‒ una investigación penal contra los crímenes franquistas[13]. Un proceso rodeado de una enorme expectación, manifestaciones multitudinarias y en donde casi diez años después el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha señalado como el TS condenó al juez sin garantías[14].
En este punto, merece la pena aproximarse con un particular grado de detalle al informe preceptivo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de junio de 2021 en torno al actual Proyecto de Ley de Memoria Democrática[15] en el que se esbozan las tesis más acabadas sobre,
“la inviabilidad del proceso penal para la investigación de hechos vinculados con la guerra civil y la posguerra [que] se sustenta, de acuerdo con el Alto Tribunal, en tres razones fundamentales:
a) El principio de legalidad penal y el de interdicción de la retroactividad de las normas sancionadoras no favorables (art. 9.3 CE) prohíben la aplicación retroactiva de las disposiciones sancionadoras a los hechos anteriores a su vigencia. De este modo, no es posible la aplicación retroactiva del derecho penal internacional, consuetudinario y convencional, que tipifica entre otros los delitos contra la humanidad, al haberse incorporado en nuestro ordenamiento con posterioridad a los hechos (STS de 27 de febrero de 2012, FJ 3.1).
b) La prescripción del delito. Por un lado, el delito de detención ilegal de carácter permanente sin dar razón del paradero de la víctima estuvo presente en el código penal de 1928 y desapareció [sic] en el de 1932 para ser reincorporado al código penal de 1944, de modo que no estuvo vigente durante los años de la guerra y la inmediata posguerra. Por otro lado, el argumento de la permanencia del delito fundado en la hipotética subsistencia actual de situaciones de detención producidas en torno al año 1936 carece de plausibilidad. Y, aun admitiendo la imposibilidad de persecución de estos delitos durante la dictadura, debería tomarse como inicio del cómputo del plazo de prescripción de veinte años la fecha de la entrada en vigor de la Constitución, por lo que tal plazo hubiera transcurrido en todo caso (STS de 27 de febrero de 2012, FJ 3.2).
c) Finalmente, debe tenerse en cuenta el efecto de la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de amnistía, cuyo artículo 6 determina la extinción de la responsabilidad criminal derivada de las penas impuestas o que pudieran imponerse por los actos y delitos amnistiados, contenidos en los artículos 1 y 2 de la Ley (STS de 27 de febrero de 2012, FJ 3.3)”[16].
En consecuencia, las sentencias del franquismo ‒su “verdad jurídica”‒ siguen siendo legales, negándose la tutela judicial efectiva y hasta la misma existencia de crímenes de lesa humanidad. En otras palabras: los crímenes del franquismo no se pueden investigar ni pueden ser juzgados. A sumarse la vulneración sistémica de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Derecho Internacional[17]. Podría alegarse que estos posicionamientos jurisprudenciales se deben al creciente conservadurismo de los máximos órganos del Poder Judicial en el último lustro o a su propio sistema de elección ‒y posteriores bloqueos políticos‒ del CGPJ; no obstante, sería una visión errónea, en tanto, el consenso en esta materia nunca ha variado independientemente de la orientación política del Ejecutivo de la nación[18].
El relator de la ONU Pablo de Greiff en 2014 (foto: CEAQUA)
Mucho antes que el informe de Pablo de Greiff en 2014 marcara un punto de inflexión sin vuelta atrás[19]; en octubre de 2008 el Comité de Derechos Humanos de la ONU en su 94º periodo de sesiones mostró su preocupación por el “mantenimiento en vigor de la Ley de Amnistía de 1977”. Recordando al Gobierno,
“que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, y señala a la atención del Estado parte sus Observaciones generales nº 20 (1992), relativas al artículo 7, según la cual las amnistías relativas a las violaciones graves de los derechos humanos son incompatibles con el Pacto, y nº 31 (2004), sobre la naturaleza de la obligación jurídica general impuesta a los Estados partes en el Pacto”[20].
En el noveno punto de aquel documento recomendaba la adopción de un mínimo conjunto de medidas:
“El Estado parte debería: a) considerar la derogación de la Ley de amnistía de 1977; b) tomar las medidas legislativas necesarias para garantizar el reconocimiento de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad por los tribunales nacionales; c) prever la creación de una comisión de expertos independientes encargada de restablecer la verdad histórica sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas durante la guerra civil y la dictadura; y d) permitir que las familias identifiquen y exhumen los cuerpos de las víctimas y, en su caso, indemnizarlas”[21].
La respuesta que el Gobierno ofreció un 8 de enero de 2009 al informe del Comité de Derechos Humanos tras el 94º periodo de sesiones, en base al artículo 40 del “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, fue antológica y explica en parte el actual marco de interpretación[22]. Después de las formalidades requeridas en una réplica de este tipo, de inmediato el Gobierno de España manifestó “su firme compromiso con el Pacto, así como con el más estricto cumplimiento de todos los derechos fundamentales y libertades públicas”. Formuladas las palabras de rigor, se pasó a la ofensiva no sólo desautorizando la opinión del Comité de Derechos Humanos sino negando la veracidad de sus afirmaciones[23]. De este modo, en primer lugar, se indicaba como el informe “no se corresponde con la realidad ni refleja las aportaciones escritas y orales ofrecidas por España en este examen”. Todavía más, pues el “Gobierno español considera que el Comité recoge ampliamente, por el contrario, opiniones distorsionadas de esta cuestión, que hacen que el proyecto de observaciones sea desequilibrado”. El Ejecutivo del país entonces gobernado por el socialista José Luis Rodríguez Zapatero no solamente mostró su sorpresa sino que lamentó que el “Comité no reconozca que España es un país que respeta estrictamente los derechos humanos y las libertades públicas”.
A partir de aquí defendió a ultranza la Ley de Amnistía como baluarte del “Modelo Español de la Transición” que ya comenzaba a ser cuestionado:
“El Estado español también quisiera resaltar que el Comité está descalificando una decisión respaldada por toda la sociedad española y que contribuyó a la transición a la democracia en España. La citada ley fue una demanda de toda la oposición democrática y fue una de las primeras leyes aprobadas por consenso por las mismas Cortes que aprobaron la Constitución de 1978. Además, no sólo la sociedad española sino también la opinión pública mundial es conocedora y ha respaldado siempre el proceso de transición en España que fue posible, en parte, gracias a dicha ley”.
Probablemente la “fe política” en la Ley de Amnistía siga conformando uno de los últimos “consensos constitucionales” entre los grandes partidos políticos del país[24]. Quedó evidenciado sobradamente en el artículo 3 –“Declaración de ilegitimidad”– de la Ley de Memoria Histórica de 2007. Ha vuelto a demostrase con el Proyecto de Ley de Memoria Democrática que cuando se escriben estas líneas está en fase de discusión parlamentaria. Una línea roja nunca cuestionada y sin cuya modificación ‒por la vía de la derogación o la nulidad total o al menos de los epígrafes e) y f) del artículo 2‒ los derechos a la Verdad, a la Justicia, a la Reparación y las Garantías de No Repetición son un imposible en un “Estado social y democrático de derecho” para quien, justamente, el Derecho Internacional y la Justicia Universal no está ni se la espera.
Manifestación ante la sede del Tribunal Supremo durante el juicio contra Baltasar Garzón en 2012 (foto: La Memoria Viva)
¿Qué esperar entonces de esta “vía”? Cierto es que inclusive antes de la aprobación de la Carta Magna se han desarrollado múltiples iniciativas de reparación moral, económica y simbólica, destinadas a los colectivos más afectados y vulnerables de las víctimas del franquismo por parte del Estado. Sin embargo, se ha tratado de una política de bajo perfil pero que no puede asemejarse a ningún intento serio de establecer una política pública de memoria institucional[25].
Nunca ha existido en España una voluntad política real de avanzar en la desconstrucción de los nodos fundacionales del MIE. Las razones son varias, y aunque no tienen cabida en esta breve introducción ‒desde el desinterés por el asunto, pasando por el miedo (real o fundado) a determinados sectores golpistas de la extrema derecha, al (auto)convencimiento del relato canónico de la Transición (otra gran “fe política”) ‒ lo que no es razonable es seguir esgrimiendo el falso argumento de la “seguridad jurídica” para que nada cambie[26]. Pasan no ya los años sino las décadas y el MIE sigue consolidándose y reforzándose, mientras que las víctimas del franquismo lejos están de aproximarse a un Estatuto propio en el que verse reconocidas tal y como ha sucede con las víctimas del terrorismo[27]. En ocasiones, el maltrato del Estado español parece no conocer límites con determinadas víctimas. Una política institucionalizada que ha moldeado ideológica y culturalmente a la sociedad española, así como ha dificultado gravemente las condiciones de posibilidad de una historiografía crítica con el esclarecimiento de los crímenes franquistas[28].
Por tanto, afirmar ‒como lo hizo el gurú de la Transición‒ que la Ley de Amnistía “clausuró”, de una vez por todas, el franquismo sea una aseveración carente de todo rigor político y académico[29]. Más bien ha acontecido lo contrario: el articulado de la citada Ley 46/1977 viene a constituirse en la expresión, sin más rodeos, de la perpetuación de un modelo de ganadores impunes y de perdedores amnistiados de un periodo histórico que arrancó un 18 de julio de 1936 y que no finalizó un 15 de octubre de 1977.
Las consecuencias de este pacto fundacional de nuestro modelo constitucional, obligado por las circunstancias por más que se haya querido disfrazar a posteriori con los heroicos vocablos del “consenso” y de la “reconciliación”, han sido largamente discutidas[30]. Los encendidos y polémicos debates historiográficos acaecidos en los tres últimos lustros muestran los duraderos costes políticos e históricos de la amnistía[31]. Lo cierto es que una “Ley de Punto y Final” se ha transformado, paradójicamente, en la teórica matriz democrática de un sistema constitucional, que bajo la egida del olvido y de la impunidad como valor “democrático”, transitó durante años sin apenas políticas de restitución hacia las víctimas de una dictadura que hizo del exterminio de sus adversarios políticos su leitmotiv[32].
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“El ‘Modelo de Impunidad Español’: pasado, presente y futuro (1977-2020)” pretende ser un reconocimiento al informe “La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas” publicado en abril de 2004 por el Equipo Nizkor[33]. Resitúo la cuestión de las víctimas del franquismo, completando huecos y dando significados hasta entonces desconocidos dentro del marco del Derecho Internacional Humanitario y la Justicia Transicional[34]. Además apareció en un momento definitorio: el final de lo que Vázquez Montalbán llamó la “aznaridad”[35] y que, a su vez, coincidió con el primer impulso del PRMDS, entonces, protagonizado en su mayor parte por el impacto mediático de las exhumaciones[36].
En aquel informe no se ofreció una definición del “Modelo de Impunidad Español” ‒o si se prefiere del “Modelo Español de Impunidad”‒. Lo máximo que se dijo al respecto fue:
“En un momento en que los modelos de impunidad impuestos en otros países, como Argentina y Chile, han visto caer su legitimidad y su legalidad, creemos que es oportuno que el Estado Español, en parte responsable de dichos modelos, asuma su propia problemática, la problemática de lo que denominamos el ‘modelo español de impunidad’, y ponga fin al mismo en forma democrática y con el respeto que todas las víctimas se merecen, pero teniendo muy claro que la finalidad es consolidar las libertades civiles y los derechos humanos”.
A día de hoy se trata de un concepto normalizado, a la par que su uso se ha extendido dentro y fuera de la academia para intentar sintetizar la fuerza histórica del caso español. De la misma forma, su influencia ha devenido en esencial para buena parte de los juristas atentos a esta problemática desde el Derecho Internacional. Pero sobre todo el Informe Nizkor supuso un espaldarazo jurídico a víctimas, asociaciones, historiadores y otros tantos implicados en dicho conflicto político y social[37]. Y, simultáneamente, contribuyó en el posterior proceso de internacionalización del PRMDS.
Rueda de prensa en la que Gerardo Iglesias, Vicente Gutiérrez Solís y Faustino Sánchez García hacen públicas las querellas por torturas que presentaron contra el expolicía franquista Pascual Honrado de la Fuente (foto Efe)
La primera enseñanza del Informe Nizkor fue que España constituía una excepción tanto con sus países homólogos como a nivel internacional[38]. Una excepción que mal casaba con el relato edulcorado acerca de la ejemplaridad del “Modelo Español de Transición” como seudo política oficial de memoria basada en la exclusión en el espacio público de las víctimas de crímenes de lesa humanidad y donde se había asumido, normalizado y naturalizado ‒por medio de un trabajado proceso de reforzamiento positivo[39]‒ el status de impunidad alcanzado por los victimarios y demás colaboradores del régimen franquista[40].
El Informe Nizkor se dividió en 5 grandes bloques más un Plan de Acción. En el primero se recorrió lo que se denominó la “ilegalidad del régimen franquista” por medio de un minucioso estudio en torno a la permanente vulneración del “ordenamiento jurídico en vigor”. A continuación, se detuvo en toda la intrahistoria de la posición del régimen fascista a la luz del “nuevo” de Derecho Internacional emanado tras la II Guerra Mundial. En un tercer epígrafe se enmarcaron los crímenes franquistas dentro del “contexto europeo” y del “derecho emanado del Nuremberg”. Se procedió, igualmente, a establecer una tipología de los crímenes de la represión franquista incidiendo en cómo los mismos “fueron perpetrados sistemáticamente y a gran escala contra la población civil, durante y después de la guerra” y “constituyen crímenes contra la humanidad”. Entre otros se señaló como el “exterminio es un crimen contra la humanidad, y por lo tanto punible bajo el Derecho Internacional”. Otro tanto sucedía con el “asesinato”, la “tortura”, la “persecución por motivos políticos, racionales o religiosos” o el “encarcelamiento arbitrario”. Recordándose como los
“crímenes contra la humanidad tienen características específicas:
1) Son crímenes imprescriptibles.
2) Son imputables al individuo que los comete, sea o no órgano o agente del Estado.
3) A las personas responsables o sospechosas de haber cometido un crimen contra la humanidad no se les puede otorgar asilo territorial ni se les puede conceder refugio.
4) Como crimen internacional, la naturaleza del crimen contra la humanidad y las condiciones de su responsabilidad son establecidas por el derecho internacional con independencia de la que pueda establecerse en el derecho interno de los Estados. Esto significa que el hecho de que el derecho interno del Estado no imponga pena alguna por un acto que constituye un crimen de lesa humanidad, no exime de responsabilidad en derecho internacional a quien lo haya cometido.
5) Estos crímenes no son amnistiables.
6) Los crímenes contra la humanidad están sujetos al principio de jurisdicción penal universal”.
Aquello sonó ‒y lo que es más preocupante, todavía suena‒ a fresco, a nuevo, a una evidencia que nadie antes, de forma tan clara, había dejado escrito blanco sobre negro. Todo un choque con lo habitualmente escuchado y glosado sobre la Ley de Amnistía.
Gracias al Equipo Nizkor también empezó a sonar el nombre del relator especial Louis Joinet de la entonces Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Y, en concreto, el “Informe final acerca de la cuestión de la impunidad de los autores de violaciones de los Derechos Humanos (derechos civiles y políticos)” del año 1997[41]. A buen seguro, el armazón teórico y estratégico más relevante de las últimas décadas en la lucha contra la impunidad y que en 2005 fue revisado y ampliado por la también relatora especial Diane Orentlicher[42].
Louis Joinet (1934-2019)(foto: Frantz Vaillant)
En esta línea, el Equipo Nizkor ‒quien realizó la mejor traducción de aquel documento al castellano‒ explicó, sistematizó y concretó el posible desarrollo de los 4 grandes principios allí contenidos: “Derecho a Saber”, “Derecho a la Justicia”, “Derecho a obtener reparación” y “Garantías de No Repetición de las violaciones”. Dentro del “Derecho a la Justicia”, y específicamente en el apartado “c. Medidas restrictivas aportadas a ciertas reglas de derecho y que se justifican por la lucha contra la impunidad” en el “Principio 24. Restricción a la prescripción” se incidió en cómo la “prescripción penal […] [n]o es aplicable a los crímenes graves según el derecho internacional que son por naturaleza imprescriptibles”. Para detenerse en el “Principio 25. Restricción y otras medidas relativas a la amnistía” y señalar:
“Comprende las destinadas a crear las condiciones propicias a un acuerdo de paz o a favorecer la reconciliación nacional, la amnistía y las otras medidas de clemencia deben verse limitadas por los principios siguientes:
a) Los autores de crímenes graves según el derecho internacional no se pueden beneficiar de tales medidas mientras el Estado no haya satisfecho las obligaciones enumeradas en el principio 18;
b) Carecen de efecto alguno sobre el derecho a reparación de las víctimas previsto en los principios 33 a 36;
c) En tanto pueda ser interpretada como un reconocimiento de culpabilidad, la amnistía no puede ser impuesta a las personas perseguidas o condenadas por los hechos sobrevenidos con ocasión del ejercicio pacífico del derecho a la libertad de opinión y de expresión. Puesto que estas personas no han hecho más que ejercer su derecho legítimo, tal como está garantizado por los artículos 18 a 20 de la Declaración universal de los derechos del hombre, y el 18, 19, 21 y 22 del Pacto Internacional relativo a los derechos civiles y políticos, una ley debe reputar nula y no avenida a derecho toda decisión de la justicia u otra que les concierna; y se debe poner fin sin condiciones ni demoras a su detención;
d) Toda persona condenada por infracciones distintas de las previstas en el párrafo c) del presente principio y que sea objeto de aplicación de una amnistía, puede rechazarla y demandar la revisión de su proceso si estima que ha sido juzgada sin tener en cuenta su derecho a un proceso justo garantizado por los artículos 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como por los artículos 9, 14 y 15 del Pacto internacional relativo a los derechos civiles y políticos, o si ha sido sometida, en particular, a tortura, o a interrogatorios inhumanos o degradantes”.
Junto con las conclusiones del Informe Nizkor ‒todavía vigentes[43]‒ cabe prestar atención a los 18 puntos que marcó en su Plan de Acción. Diecisiete años después, casi ninguno de ellos han sido recogidos por las instituciones públicas de España, a pesar de ser un plan de mínimos. De hecho, la fortaleza del MIE puede verificarse por el grado total de incumplimiento de los 3 primeros puntos recogidos en aquel Plan de Acción:
“1. Ratificación de la ‘Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad’[44].
2. Declarar por Ley la nulidad de todas las acciones legales del régimen franquista, haciendo mención expresa a las Resoluciones de las Naciones Unidas adoptadas por unanimidad por la Asamblea General de la ONU el 9 de febrero de 1946 [Res. 32(I)] y el 12 de diciembre de 1946 [Res. 39(I)], y a su carácter criminal según las normas de derecho internacional.
3. Declarar la nulidad de todos los juicios penales y militares por arbitrarios e ilegales, adoptando las medidas adecuadas para el resarcimiento proporcional y actualizado de las víctimas, así como la reconstrucción de los archivos penales y judiciales afectados”.
Manifestación en Madrid, en 2012, pidiendo justicia para el juez Baltasar Garzón, procesado por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo (foto: Europa Press)
Uno de los objetivos que se marcó el presente dossier fue que el Equipo Nizkor llevara a cabo una revisión parcial del informe. Una tarea harto complicada y que, finalmente, no ha podido realizarse, a pesar de la predisposición inicial de sus responsables[45]. No obstante, y a petición del coordinador de este número monográfico (tras varias conversaciones y debates sobre el ayer, el hoy y el futuro de la cuestión de la impunidad) Nizkor esbozó un conjunto de reflexiones sobre el camino recorrido desde el 2004 hasta la actualidad, en torno a la actitud del Estado frente a las demandas de las víctimas y del movimiento social por la memoria en un documento con el significativo título de “Inanidad”. Unas reflexiones en donde, ante todo, sobresale ‒a nuestro juicio‒ un elemento casi nunca tenido en cuenta: la “mala fe” del Estado al respecto. En una nota hecha pública en su página web en enero de 2021 se empezó señalando:
“La perspectiva de análisis tenía que ver con la teoría de la justicia que pretende dar solución a los litigios sociales en el sentido moderno del tema. Desde esta perspectiva, y dada la claridad del Plan de Acción y la casuística contenidos en el documento, era posible proceder de forma que no se generaran nuevos conflictos.
Para ello bastaba, a nuestro entender, tener como referencia el derecho internacional surgido al finalizar la II Guerra Mundial y que el Estado actuara bajo del principio de buena fe”.
A juicio de sus redactores se ha asistido al proceso contrario:
“Visto 17 años después, al escribir esto es evidente que pecábamos de ingenuidad. El Estado, al tomar conocimiento de lo planteado, procedió con manifiesta mala fe y la forma de enfrentar la cuestión de las víctimas se hizo usando la teoría amigo-enemigo de Carl Schmitt, y no la teoría de la justicia de John Rawls o las ideas del filósofo francés Paul Ricoeur.
[…].
En definitiva, la falta de equidad del Estado en el análisis de la casuística presentada en el Informe Nizkor es tan palmaria que nos aleja de la racionalidad mínima necesaria para examinar los hechos”.
Recordando, en paralelo, lo siguiente:
“La intención de nuestro documento no era reemplazar a los historiadores ni a la historia, ya que ni tan siquiera hablamos en el mismo de memoria histórica, ya que entendíamos y entendemos que ésa es la tarea de la historia como ciencia y de los historiadores, con todas sus diferencias y contradicciones.
Pensábamos ilusamente que el Estado consideraba al ciudadano capaz de discernir sobre las distintas teorías y que no necesitaba ‘sacerdotes’ que lo guiaran en la lectura de la historia”.
Gregorio Dionís durante unas jornadas en 2014 (foto: eldiario.es)
Después de hacer constar hechos lamentables acaecidos en estos últimos años ‒y que, sin duda, representan un profundo desprecio por los Derechos Humanos de las víctimas del franquismo y del propio Holocausto‒ se concluía con un conjunto de reflexiones ‒que se compartan o no apuntan a una problemática generalizada que explican la vitalidad del MIE‒ de la mano de su principal responsable, Gregorio G. Dionis:
“En general, el Estado español ha utilizado la técnica del ‘ninguneo’ y ha logrado dispersar a las víctimas y a las asociaciones, utilizando la Moncloa como centro de coordinación de una política deliberada en contra de las asociaciones, en lo que puede considerarse una continuidad de la política desarrollada por el ex Presidente José Luis Rodríguez Zapatero, tanto en España, como en Argentina, Chile y Uruguay.
Es evidente que aún queda por delante un largo camino para superar la naturaleza de este tipo de problemas que tienen mucho que ver con una matriz cultural impregnada de franquismo y de nacional-socialismo, incluidas las doctrinas raciales más reaccionarias.
Prácticamente no quedan víctimas españolas vivas de entre quienes defendieron la II República o sufrieron la persecución del nacional-socialismo alemán durante la II Guerra Mundial.
En vista de la actuación estatal a fecha de hoy, para ellas y para las víctimas de los casi cuarenta años de Dictadura franquista, no queda más que el recuerdo como arma contra la inanidad”[46].
*****
Las perspectivas a corto, medio y largo plazo no son halagüeñas. Escaso es el margen para el optimismo. Sin embargo, frente a esta “verdad jurídica” del Estado español es innegable que en estas tres últimas décadas se ha ido conformando una “verdad histórica” (siempre en minúsculas) gracias a la labor de los historiadores y los científicos sociales y que ha dado lugar a un nuevo consenso historiográfico: la consideración de “crímenes de lesa humanidad” en relación a las dimensiones cuantitativas y cualitativas de la represión franquista durante la Guerra Civil y la larga dictadura. Consenso en permanente crecimiento que ha ido desterrando, dentro del ámbito académico y en buena parte de la sociedad, todos aquellos tópicos sobre el pasado común traumático acerca de las “2 Españas” o del “todo fuimos culpables”, junto con un largo etcétera, sin olvidarnos (justamente) del “pacto de silencio”[47]. Un proceso de normalización historiográfica que, de la misma forma, se ha llevado por delante aquel añorado “Modelo Español de Transición” al que hemos aludido en páginas previas.
Mucho queda por avanzar, en especial, en lo relativo a la época coetánea de la pre-Transición y los años convulsos repletos de violencia política que le siguieron. Las tradicionales dificultades en el acceso a los archivos siguen estando más que presentes: uno de los obstáculos más serios para el Derecho a la Verdad y el avance del conocimiento histórico. La “falta de voluntad política” sigue constituyendo una realidad impermeable amparada en una normativa contradictoria, difusa y obstaculizadora y que muy lejos se encuentra de las recomendaciones de instituciones como el Consejo Internacional de Archivos o la UNESCO en casos de vulneración sistemática de los Derechos Humanos. A lo que ha de añadirse en un horizonte cercano el peligro del “Derecho al Olvido”[48]. Dificultades que no han frenado, de cualquier de las formas, el reciente “salto” historiográfico[49]. La mejor evidencia de lo dicho lo conforma el fuerte fenómeno del revisionismo y negacionismo franquista “académico”[50]. Un peligroso fenómeno siempre advertido por los relatores especiales de Naciones Unidas y que está teniendo su traslación práctica en las políticas de memoria de la derecha y extrema derecha en España, llegándose a retirar hasta una placa de la casa de quien fuera Presidente del Consejo de Ministros durante la II República y víctima del holocausto, Francisco Largo Caballero[51].
Pese a los números reveses frente al Poder Judicial en España, las advertencias del Consejo de Europa[52] o del Parlamento Europeo[53], el retroceso histórico en materia de Justicia Universal[54], la repetida negativa del Gobierno español a ratificar la “Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad”[55] o el nacimiento, el desarrollo y la consolidación de la “Querella Argentina” con episodios tan lamentables como las cartas de apoyo a Martín Villa[56]; la “verdad histórica” de las dimensiones de los crímenes franquistas se ha visto refrendada con el siempre recordado informe de Pablo de Greiff o más recientemente por el también relator especial Fabián Salvioli, es decir, por el propio Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Este último ha recordado en el verano de 2021 como en España “las violaciones cometidas durante el régimen franquista permanecen impunes”[57]. Sin olvidarnos tampoco de las repetidas denuncias y advertencias del Comité de Desaparición Forzada de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas[58].
Fabián Salvioli, relator de la ONU para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, en 2018 en unas jornadas en el Congreso de los Diputados en las que instó a España a «garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de la dictadura franquista» (foto: Alejandro Torrús)
Avances no cuestionables que tuvieron su punta de lanza con el Informe Nizkor ‒y otros similares como el firmado por Amnistía Internacional[59]‒ y que, sin embargo, en la tradicional política de minimización de costes del Gobierno español se asumen, no se cuestionan y se ignoran en la práctica tal y como se comprueba en la Exposición de motivos del Proyecto de Ley de Memoria Democrática. O, afinando un poco, en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN) del citado proyecto legislativo ‒fechada en el mes de julio de 2021‒ en donde puede leerse las “razonadas” argumentaciones para negar toda posibilidad de modificar la Ley de Amnistía:
“Igualmente, en el mismo sentido no se aceptan las aportaciones referidas a la posible modificación o derogación de la Ley 46/77 de Amnistía, de manera que se garantice el derecho a la investigación de crímenes de lesa humanidad y a la tutela judicial efectiva de las víctimas del franquismo. El Anteproyecto de Ley avanza en las garantías de consecución del derecho a la verdad a través del reconocimiento de un derecho a la investigación de los hechos. Es objeto de Anteproyecto de Ley la dimensión restaurativa de la Justicia, para amparar, reconocer y reparar a las víctimas con el objetivo de que su testimonio, recuerdo y reflejo de la realidad de los hechos sirvan en sí mismos como garantías de no repetición”[60].
Según el citado Proyecto de Ley el franquismo se podrá investigar pero no juzgar: en este punto de esquizofrenia y contradicción insalvable se encuentra el MIE. Lo expuesto refleja un interesante proceso de aprendizaje institucional de los diferentes ejecutivos de España ‒y aquí el PSOE aparece como su representante central‒ en el que cualquier avance, por pequeño que sea, se enfrenta a múltiples reticencias entre la falta de “voluntad política” y como afirmaba el Informe Nizkor la “mala fe”[61]. Uno de sus máximas expresiones es como en España ni siquiera es imaginable que el Gobierno pueda llegar a elaborar un informe general sobre lo acontecido en la Guerra Civil, el Franquismo y ni mucho menos en la Transición al estilo del Nunca Más chileno o permitiera la constitución de una Comisión de la Verdad[62].
Sea como fuere está pendiente la redacción de una historia sobre la formación histórica, su posterior evolución así como la actual fase de desarrollo del “Modelo de Impunidad Español”. En este sentido, el dossier ha pretendido acercarse con la ayuda de los mayores expertos en cada campo a algunas de sus principales aristas. La composición generacional de los colaboradores, el marco de análisis interdisciplinar ‒desde lo jurídico, pasando por el campo de las Ciencias Políticas a la historiografía‒ y la presentación de investigaciones inéditas en áreas del conocimiento primordiales ‒Poder Judicial, Fuerzas del Orden Público, Fuerzas Armadas, el “Modelo Español de Transición” o la cuestión de los libros de historia de la enseñanza obligatoria‒ creemos que ayudará en esta tarea de desbroce a partir de la contextualización histórica expuesta.
La cuestión del Poder Judicial es examinada por Ramón Sáez Valcárcel. Miembro del Consejo General del Poder Judicial ‒institución en donde las voces “críticas” no suelen ser habituales‒ presenta un exhaustivo recorrido por los límites infranqueables de la Justicia española frente a la judicialización de los crímenes del franquismo, poniendo el acento en lo que denomina como la “ideología jurídica del olvido y la negación de la historia”. En lo que se refiere al “Modelo Español de Transición”, Vanessa Damiano presenta los primeros avances de su tesis doctoral y que, a buen seguro, mucho darán que hablar con su teoría de los “esqueletos en el armario de la Transición española” a partir de un marco comparativo internacional con respecto a otros procesos de transición paralelos en su tiempo histórico. Por su parte, el reputado historiador Fernando Hernández Sánchez aborda una de las materias que casi siempre aparecen como accesorias a pesar de su enorme relevancia: el problema curricular de los libros de historia para los estudiantes de secundaria. Un problema endémico en donde la falta de voluntad política, los intereses editoriales y no pocas “reticencias” a que los alumnos se acerquen a la historia reciente de España, terminan confluyendo y entrelazándose entre sí con las consiguientes deficiencias educativas y su efecto multiplicador en la sociedad. Uno de los temas centrales que nos ocupa es el referido a la impunidad conquistada por todos los miembros de la Brigada Político-Social y lo que es todavía más hiriente: la promoción profesional y personal que tuvieron una vez cerrada la Transición. Con la ayuda de documentación inédita del Archivo General del Ministerio del Interior y después de una trabajada tesis doctoral, Pablo Alcántara Pérez ofrece un excelso retrato de la que quizás constituya una de las señas de identidad más fuertes del Modelo de Impunidad Español. Finalmente, Luis Gonzalo Segura ‒ex-teniente del Ejército de Tierra‒ y Sergio Gálvez Biesca, abordan un tema en extremo delicado y escasamente tratado desde la investigación histórica: el “Modelo de Impunidad Militar Español”. Pasado y presente se entremezclan de cara a indagar en los efectos que ha generado la Justicia Militar ‒como una remora del pasado de una institución vinculada a los crímenes del franquismo y en el que el proceso de democratización y modernización distan mucho del relato oficial‒ en la naturalización de una extendida impunidad militar dentro de los cuarteles en lo referente a los casos de acoso y agresión sexual, los casos de corrupción y otros tantos escándalos.
Llegados aquí, nos resta agradecer muy sinceramente la predisposición de Historia Actual Online por acoger este dossier que por su temática y contenidos no resulta, en modo alguno, una línea de investigación sencilla ni menos amable. Un agradecimiento que queremos trasladar tanto a su director, Julio Pérez Serrano, como a su magnífico y muy competente equipo de la Secretaría de Redacción: Alberto Martín Torres, Víctor Peña González y Mario Rosano Alloza. Un agradecimiento, igualmente, que estaría incompleto sin mencionar a Ramón Sáez Valcárcel, Vanessa Damiano, Fernando Hernández Sánchez, Pablo Alcántara Pérez y Luis Gonzalo Segura, por su predisposición a colaborar en este proyecto y cuyos resultados presentamos a continuación.
Carlos Slepoy, sentado, en 2013, junto a varios reclamantes de la Querella Argentina (foto: Uly Martín)
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Manifestación memorialista en Madrid en noviembre de 2016 (foto: Paco Campos/Efe)
Notas
[1] Informe previo del TS a los nueve reales decretos por el que se indultaron el 22 de junio de 2021 a los políticos presos del “proces”.
[2] Equipo Nizkor, La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas, Madrid, Equipo Nizkor, 2004.
[3] Un balance de aquel tiempo en, Gálvez Biesca, Sergio, “El proceso por la recuperación de la ‘memoria histórica’”, International Journal of Iberian Studies, 19 (I) (2006), pp. 25-51.
[4] Ley 46/1977, de 15 de octubre, de amnistía (BOE, 17 de octubre de 1977).
[5] A sumarse decenas de casos que les antecedieron en el tiempo como sucedió con el de Julián Grimau (1990), Salvador Puig Antich (2007) o Granado/Delgado (2007).
[6] Tribunal Constitucional. Gabinete del Presidente. Oficina de Prensa, “Nota Informativa nº 1/2021. El pleno del TC inadmite por inexistencia de vulneración denunciada el recurso de amparo de Gerardo Iglesias que tenía por objetivo investigar denuncias de lesa humanidad”, Madrid, 27 de enero de 2021.
[7] Véase el análisis de, Clavero, Bartolomé, “Todo para los victimarios, nada para las víctimas del franquismo”, ctxt.es, 6 de octubre de 2021.
[8] Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, 138/2021, de 17 de febrero.
[9] Instrumento de Ratificación de España del Pacto Internacional de Derechos Civiles, hecho en Nueva York el 19 de diciembre de 1966 (BOE, 30 de abril de 1977).
[10] “Un tribunal confirma que las presuntas torturas de ‘Billy el Niño’ han prescrito”, publico.es, 16 de octubre de 2018.
[11] Fundamental resulta acercarse al análisis de, Escudero Alday, Rafael, “Los tribunales españoles ante la memoria histórica: el caso de Miguel Hernández”, Hispania Nova, 11 (2013). E, igualmente, Babiano Mora, José, “El poeta desaparecido, el juez depurado y el obrero invisible (tres perfiles de la llamada memoria histórica)”, en Fundación 1º de Mayo, 2010 Anuario, Madrid, Fundación 1º de Mayo, 2011, pp. 387-390.
[12] Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura (BOE, 27 de diciembre de 2007). Un balance en, Guixé i Coromines, Jordi, Alonso Carballés, Jesús y Conesa Sánchez, Ricard (eds.), Diez años de leyes y políticas de memoria (2007-2017), Madrid, Los Libros de la Catarata, 2019.
[13] Véase aquí, Espinosa Maestre, Francisco, “Informe sobre la represión franquista”, en Núñez Díaz-Balart, Mirta (coord.), La gran represión: los años de plomo de la posguerra (1939-1948), Madrid, Flor del Viento, 2009, pp. 433-444.
[14] Junto con la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, 101/2012, de 27 de febrero, véase, Soriano Moreno, Silvia, “El modelo español de impunidad de los crímenes franquistas de la Sentencia del Tribunal Supremo 101/2012, de 27 de febrero”, en Criado de Diego, Marcos (coord.), El itinerario de la memoria: Derecho, Historia y Justicia en la recuperación de la memoria histórica en España, II vols., Madrid, Sequitur, 2013, pp. 215-223, vol. I.. Y, por último, Precedo, José, “El comité de Derechos Humanos de la ONU concluye que Garzón fue inhabilitado en un ‘proceso arbitrario’ y pide a España una ‘reparación efectiva’”, eldiario.es, 25 de agosto de 2021.
[15] Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Proyecto de Ley de Memoria Democrática, Madrid, julio de 2021.
[16]Consejo General del Poder Judicial, “Informe sobre el anteproyecto de Ley de Memoria Democrática”, Madrid, 7 de junio de 2021.
[17] Rodríguez Rodríguez, Jorge, Derecho a la verdad y Derecho Internacional en relación con graves violaciones de los Derechos Humanos, Madrid, Instituto Berg, 2017.
[18] En este sentido, es totalmente esclarecedora la obra de, Jiménez Villarejo, Carlos y Doñate Martín, Antonio, Jueces, pero parciales: la pervivencia del franquismo en el poder judicial, Barcelona, Pasado & Presente, 2012. Véase también, Bosch, Joaquim y Escolar, Ignacio, El secuestro de la justicia: virtudes y problemas del sistema judicial, Barcelona, Roca, 2018. Y, por último, Babiano Mora, José, Gómez Bravo, Gutmaro, Míguez Macho, Antonio y Tébar Hurtado, Javier, Verdugos impunes. El franquismo y la violación sistemática de los derechos humanos, Barcelona, Pasado&Presente, 2018.
[19]Greiff, Pablo de, “Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición”, Número: A/HRC/27/56.Add.1, 2014.
[20] Todas las citas así como los documentos referidos en, Naciones Unidas. Comité de Derechos Humanos, “Informe. 94º, 95 y 96º sesiones”, Número, A/64/40, 2008 y 2009; y, Naciones Unidas. Comité de Derechos Humanos, “Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos de la ONU al quinto informe periódico de España (2008)”, Número: CCPR/C/ESP/5, octubre 2008.
[21]Naciones Unidas. Comité de Derechos Humanos, “Informe. 94º, 95 y 96º sesiones”, Número, A/64/40, 2008 y 2009.
[22]Organización de Naciones Unidas. Asamblea General, “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, 1966. Véase, Nota 9.
[23]Naciones Unidas. Comité de Derechos Humanos, “Examen de los informes presentados por los estados partes de conformidad con el artículo 40 del Pacto: España. Adición. Comentarios del Gobierno de España sobre las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos”, Número: CCPR/C/ESP/CO/5/Add.1, 8 de enero de 2009.
[24] Nos remitimos aquí a, Gil Gil, Alicia, La Justicia en la transición en España. De la amnistía a la memoria histórica, Barcelona, Atelier, 2009; Molinero, Carme, “La Ley de Amnistía de 1977: la reivindicación antifranquista y su lectura treinta años después”, en Espuny Tomás, María José, Paz Torres, Olga y Ysás, Pere (dirs.), 30 años de la Ley de Amnistía (1977-2007), Madrid, Dykinson, 2009, pp. 41-56; y, Villán Durán, Carlos, “La ley española de amnistía de 1977 en una perspectiva de Justicia Transicional”, en Ripol Carulla, Santiago y Villán Durán, Carlos (eds.), Justicia de transición: el caso de España, Barcelona, Institut Catalá Internacional per la Pau, 2012, pp. 9-25.
[25] Consúltese el trabajo de, Aguilar Fernández, Paloma, Políticas de memoria y memorias de la política: el caso español en perspectiva comparada, Madrid, Alianza, 2008. Y, en concreto, “Tabla 10. Principal legislación reparadora de carácter estatal (fundamentalmente material)” (pp. 506-512); “Tabla 11. Selección de medidas o gestos de reparación simbólica” (pp. 513-515). Por lo demás, no hace mucho se filtró, de forma parcial, a la prensa un informe del actual Ministerio de Presidencia ‒guardado en un “cajón” durante casi diez años‒ y en donde se contabilizó el “coste” acumulado de la reparación de las víctimas. Cabrera, Elena, “El ajuste de cuentas de la democracia con el franquismo: 21.750 millones para las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura”, eldiario.es, 16 de agosto de 2020.
[26] Claves aquí son los argumentos expuestos por, Amnistía Internacional, Víctimas de la Guerra Civil y el Franquismo: no hay derecho. Preocupaciones sobre el Proyecto de Ley de ‘Derechos de las víctimas de la Guerra Civil y del Franquismo’, Madrid, Amnistía Internacional, 2006.
[27] Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo (BOE, 23 de septiembre de 2011).
[28] Al respecto, resulta muy interesante acercarse al análisis de los datos de un conjunto de encuestas del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS): Aguilar Fernández, Paloma, Balcells, Laia y Cebolla, Héctor, “Las actitudes de los españoles ante las medidas de Justicia Transicional relativas a la Guerra Civil y al Franquismo”, Revista Internacional de Sociología, 69 (I) (2011), pp. 59-90. Por lo demás, Vinyes, Ricard (ed.), El Estado y la memoria: gobiernos y ciudadanos frente a los traumas de la memoria, Barcelona, RBA, 2009.
[29] Juliá, Santos, “Echar al olvido. Memoria y amnistía en la transición”, Claves de Razón Práctica, 129 (2003), pp. 14-25.
[30] Un trabajo pionero en, Sobremonte, José Enrique, Indultos y amnistía, Valencia, Universidad de Valencia, 1980.
[31] Un intento de síntesis en, Gálvez Biesca, Sergio, “Memorias, historia, derechos humanos, políticas públicas. Reflexiones en torno a la práctica historiográfica. Un balance revisitado”, en Aróstegui, Julio y Gálvez Biesca, Sergio (eds.), Generaciones y memoria de la represión franquista, Valencia, Universitat de València, 2010, pp. 15-35.
[32] Véase, Vinyes, Ricard, “Las políticas públicas de reparación y de la memoria en España”, en Babiano Mora, José (coord.), Represión, Derechos Humanos, memoria y archivos: una perspectiva latinoamericana, Madrid, Fundación 1º de Mayo / GPS, 2010, pp. 57-68. Un camino plagado de capítulos tan significativos como la declaración institucional del Gobierno socialista en el 50ª Aniversario del inicio de la Guerra Civil el 18 de julio de 1986 ‒“Una guerra civil no es un acontecimiento conmemorable”, El País, 19 de julio de 1986‒.
[34] Véase, primero, Gutiérrez Castillo, Víctor Luis (dir.), Amnistías y justicia transicional: límites a la luz del Derecho Internacional, [Sevilla]. Aula Magna. Proyecto Clave, 2019; e, igualmente, a la que es una de las obras de referencia, Jimeno Aranguren, Roldán, Amnistías, perdones y justicia transicional: el pacto de silencio español, Arre (Navarra), Pamiela Argitaletxea, 2018.
[35] Vázquez Montalbán, Manuel, La aznaridad: por el imperio hacia Dios o Dios hacia el imperio, Barcelona, Mondadori, 2003.
[36] Una síntesis en, Ferrándiz, Francisco, El pasado bajo tierra. Exhumaciones contemporáneas de la Guerra Civil, Barcelona, Anthropos, 2014. Una revisión más próxima al tiempo presente en, Aguilar Fernández, Paloma y Payne, Leigh. A., El resurgir del pasado en España. Fosas de víctimas y confesiones de verdugos, Madrid, Taurus, 2018.
[37] Véase, Gálvez Biesca, Sergio, “La ‘memoria democrática’ como conflicto” en id. (coord.), La memoria como conflicto. Memoria e historia de la Guerra Civil y el franquismo. Dossier monográfico, Entelequia, 7 (2008), pp. 1-52; y, Erice Sebares, Francisco, Guerras de la memoria y fantasmas del pasado. Usos y abusos de la memoria colectiva, Oviedo, Eikasia, 2009.
[38] Véase, Barahona de Brito, Alexandra, Aguilar Fernández, Paloma y González Enríquez, Carmen (eds.), Las políticas hacia el pasado: juicios, depuraciones, perdón y olvido en las nuevas democracias, Madrid, Istmo, 2002.
[39] Al respecto, Gálvez Biesca, Sergio, “El proceso de naturalización, socialización e interiorización de la impunidad como norma de ‘convivencia social’”, Viento del Sur, 113 (2010), pp. 43-46.
[40] Entre una cada vez más abundante bibliografía consolidada véanse, al menos, Capella, Juan-Ramón (ed.), Las sombras del sistema constitucional español, Madrid, Trotta, 2003; Clavero, Bartolomé, España, 1978. La amnesia constituyente, Madrid, Marcial Pons, 2014; Baby, Sophie, El mito de la transición pacífica. Violencia y política en España (1975-1982), Madrid, Akal, 2018.
[41]Joinet, Louis, “La cuestión de la impunidad de los autores de las violaciones de los derechos humanos (civiles y políticos)”, Número: E/CN.4/Sub.2/1997/20/Rev.1, 1997.
[42]Orentlicher, Diane, “Conjunto actualizado de Principios para Combatir la Impunidad”, Número, E/CN.4/2005/102/Add.1, 2005.
[43] Entre otras: “Considerando que la impunidad es en sí y por sí misma una violación de derechos humanos y que con su existencia no sólo se viola un derecho humano, como el derecho a la justicia y a la verdad, sino que ella constituye un atentado a la dignidad humana propiamente tal”. Equipo Nizkor, La cuestión de la…, op. cit..
[44]Organización de Naciones Unidas. Asamblea General, “Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad”, Número: Resolución 2.391 (XXIII), 26 de noviembre de 1968.
[45] Conviene subrayar como desde la publicación del Informe Nizkor sus responsables han ido actualizando, ampliando y revisando el mismo, configurando por esta vía un notable anexo documental de gran valor. Disponible en: http://www.derechos.org/nizkor/espana/impu/ [Consultado el: 10 de octubre de 2021].
[47] Una obra pionera al respecto fue, Reig Tapia, Alberto, Memoria de la Guerra Civil: los mitos de la tribu, Madrid, Alianza, 2000.
[48] Véase, Gálvez Biesca, Sergio y Bazaco Palacios, Blanca I., “La perspectiva de los principios reguladores de la gestión de la información y la política de archivos: particular atención a la relación entre archivos, derechos humanos y Justicia Internacional”, en Olasolo, Héctor, Urueña-Sánchez, Mario Iván y Sánchez Sarmiento, Andrés (coords.), La función de la Corte Penal Internacional: visiones plurales desde una perspectiva interdisciplinar, Valencia, Tirant lo Blanch, 2021, pp. 111-175. E, igualmente, Boel, Jens, Canavaggio, Perrine y González Quintana, Antonio (eds.), Archives and Human Rights, London, Routledge, 2021.
[49] A modo de ejemplo, Viñas, Ángel y Blanco, Juan Andrés (dirs.), La guerra civil: una visión bibliográfica, Madrid, Marcial Pons, 2017.
[50] Véase, entre otras muchas posibles referencias, Reig Tapia, Alberto, Anti Moa: la subversión neofranquista de la historia de España, Barcelona, Ediciones B, 2006. Y, del mismo autor, id., La crítica de la crítica inconsecuentes, insustanciales, impotentes, prepotentes y equidistantes, Madrid, Siglo XXI, 2017. E, igualmente, Espinosa Maestre, Francisco, Lucha de historias, lucha de memorias. España 2002-2015, Sevilla, Aconcagua, 2015.
[51] Morales, Manuel, “Más de 250 historiadores desmontan las acusaciones de Vox contra Largo Caballero y Prieto”, El País, 7 de octubre de 2020.
[52]Council of Europe Parliamentary Assembly, “Need for international condemnation of the Franco Regime”, Número: 1736, 17 de marzo de 2006.
[54] Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la justicia universal (BOE, 14 de marzo de 2014). Véase, Chinchón, Javier, “Del intento por acabar con la Jurisdicción Universal para el bien de las víctimas y del Derecho Internacional: examen crítico de la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la Justicia Universal”, Revista de Derecho Penal y Criminología, 5 (2014), pp. 161-176.
[55] Marco, Lucas, “Gobiernos del PP y PSOE se han opuesto en cuatro ocasiones a ratificar la Convención de la ONU que permitiría juzgar las torturas de la policía franquista”, eldiario.es, 12 de junio de 2019.
[56] En primer lugar, véase, Amorós, Mario, Argentina contra Franco: el gran desafío de la impunidad de la dictadura, Madrid, Akal, 2014. Por lo demás, Rodríguez, Olga, “Cuatro expresidentes del Gobierno escriben a la jueza de la querella argentina cartas de apoyo a Martín Villa”, eldiario.es, 1 de septiembre de 2020.
[57]Salvioli, Fabián, “Rendición de cuentas: enjuiciar y sancionar las violaciones manifiestas de los derechos humanos y las violaciones graves del derecho internacional humanitario en procesos de justicia transicional”, Número: A/HRC/48/60, julio 2021. E, igualmente, véase, Salvioli, Fabián, “Los procesos de memorialización en el contexto de violaciones graves de derechos humanos y del derecho internacional humanitario: el quinto pilar de la justicia transicional. Informe del relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición”, Número: A/HR/45/45, 2020.
[58] Véase, en primer lugar, Asamblea General de Naciones Unidas, “Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas”, Número: Resolución 47/133, 18 de diciembre de 1992; y, en segundo término, Unitet Nations. General Assembly. Humans Rights Council, “Report of the Working Group on Enforced of Involuntary Disappearances. Addendum. Follow-up report to the recommendations made by the Working Group. Missions to Chile and Spain”, Número: A/HRC/36/39/Add.3, 7 de septiembre de 2017. La última actualización puede consultarse en, Comité contra la Desaparición Forzada, “Observaciones finales sobre la información complementaria presentada por España con arreglo del artículo 29, párrafo 4, de la Convención”, Número: CED/ESP/OAI/1, 27 de septiembre de 2021.
[59] Amnistía internacional, España: Acabar con la doble injusticia. Víctimas de torturas y malos tratos sin reparación justa y adecuada, Madrid, Amnistía Internacional, 2004.
[60] Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, “Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática. Memoria del Análisis de Impacto Normativo”, Madrid, julio de 2021.
[61]Un ejemplo similar sucede con las más de medio centenar de condenas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra el Estado español,: apenas tienen costes políticos y menos en términos de imagen institucional-corporativa. Muy ilustrativo el estudio de, Juan Sánchez, Ricardo, Proceso justo en España y Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Cizur Menor (Navarra), Arandazi, 2020.
[62] Hayner, Priscilla B., Verdades silenciadas: la justicia transicional y el reto de las Comisiones de Verdad, Barcelona, Institut Català Internacional per la Pau, 2014.
Para la derecha española, la Ley de Amnistía de 1977 únicamente puede ser interpretada como una Ley de Punto Final, y como una Ley de Punto Final desde una doble perspectiva
En el Boletín de la Fundación FAES de 22 de julio se publicó un artículo de Rafael Arias Salgado, cuyo título lo dice todo: “Una ley para quebrar la transición democrática”.
Es un artículo importante por dos motivos.
En primer lugar, por su autor, que fue una de las figuras destacadas de la UCD, partido que, como es sabido, dirigió el proceso de lo que se ha acabado denominando “La Transición”. Como otros muchos dirigentes de UCD, Rafael Arias Salgado se ha acabado integrando en el PP, aunque en este caso a través de la Fundación FAES, de cuyo Patronato forma parte.
En segundo lugar, por su contenido. En dicho artículo se fija la posición de la derecha española respecto de la memoria democrática desde la aprobación de la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, hasta hoy. La aprobación de la Ley de Amnistía, resultado no de un proyecto, sino de una proposición de ley consensuada en el Congreso de los Diputados por prácticamente todos los partidos del arco parlamentario, como se subraya expresamente por el señor Arias Salgado, que fue uno de los parlamentarios que la aprobaron, ha sido considerada y sigue siendo considerada por la derecha española como la única respuesta posible respecto de la memoria democrática.
Para la derecha española, y esto es lo importante de este artículo, la Ley de Amnistía de 1977 únicamente puede ser interpretada como una Ley de Punto Final. Y como una Ley de Punto Final desde una doble perspectiva.
En primer lugar, como una Ley que exime de manera definitiva e irreversible de responsabilidad penal todas las conductas contempladas en la Ley 46/1977. Punto final a cualquier exigencia de responsabilidad penal para actos constitutivos de delitos desde el inicio de la Guerra Civil hasta el momento de la aprobación de la ley.
Pero, en segundo lugar, la Ley de Amnistía de 1977 tiene que ser interpretada como una “Ley de Punto Final” en el sentido de que “excluye el pasado del debate político”. Del debate político parlamentario institucionalizado. El pasado se puede y se debe estudiar por los historiadores, politólogos y juristas, pero no puede ser objeto de debate en el seno de las Cortes Generales. Hacer esto último supone “quebrar la transición democrática”. Este es el núcleo esencial del artículo de Arias Salgado.
El desconocimiento de esta segunda perspectiva desde la que tiene que ser interpretada la Ley 46/1977 es lo que Rafael Arias Salgado, y a través de él toda la derecha española, reprocha tanto a la Ley 52/2007 de José Luis Rodríguez Zapatero como al proyecto de Ley de Memoria Democrática de 2022, remitido por el Gobierno presidido por Pedro Sánchez.
No es necesario entrar a debatir el contenido ni de la Ley 52/2007, ni del proyecto de ley de 2022, viene a decir implícitamente Rafael Arias Salgado. Es el hecho mismo de remitir un proyecto de ley sobre memoria democrática lo que supone una “quiebra de la transición”, porque desconoce la Ley de Amnistía de 1977.
Por eso, si el lector dedica algún tiempo a leer el artículo, que no es mucho, pues el artículo es breve, comprobará que, aparte de consignar que el proyecto de Ley de Memoria Democrática ha sido aprobado en el Congreso de los Diputados con los votos de Bildu, lo que, en su opinión, supone que ha nacido con un “vicio insubsanable” no desde el punto de vista jurídico, pero sí político, no contiene ningún análisis del contenido del proyecto de ley.
Entiendo que Rafael Arias Salgado en particular y la derecha española en general consideran que entrar en el debate del contenido del proyecto de ley es “caer en la trampa” tendida por el Gobierno. Lo que la Ley 46/1977 prohíbe es justamente eso: que “se pueda incluir el pasado en el debate político”. La mera remisión de un proyecto de Ley de Memoria Democrática, independientemente de su contenido, es incompatible con la Ley 46/1977. Choca frontalmente con la letra y el espíritu de dicha norma y, en consecuencia, no puede tener otra finalidad que “quebrar la transición democrática”, de la que la Ley de Amnistía fue la piedra angular.
La Ley de Amnistía de 1977 prohíbe, no de manera expresa, pero sí de manera implícita, aunque inequívoca, cualquier “proceso de institucionalización de políticas públicas de memoria democrática en España”, que fue el objetivo de la Ley 52/2007 y es el objetivo del proyecto de Ley de Memoria Democrática de 2022. Proyectos que, dicho sea de paso, conectan de manera inmediata con la Recomendación de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 2006 y con las conclusiones de las visitas del Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas e involuntarias y del relator especial sobre verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, Pablo de Greiff, de 2014.
El “mandato interpretativo” del artículo 10.2 de la Constitución dispone que “las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”.
Obviamente este “mandato interpretativo” es de aplicación a la Ley de Amnistía de 1977. Es lo que hizo la Ley 52/2007 y lo que hace el proyecto de Ley de Memoria Democrática de 2022. Y es lo que se rechaza rotundamente por parte de la derecha española.
Lo único que se acepta del proyecto de Ley de Memoria Democrática por Rafael Arias Salgado, aunque no estoy seguro de que por toda la derecha española, es “la cuestión muy importante, pero colateral… de dar digna sepultura a aquellos que fueron asesinados, especialmente durante la Guerra Civil y sus cuerpos enterrados en cunetas o en lugares aún por investigar. Los Presupuestos del Estado deben atender esta necesidad… Pero, a tal fin, no es menester una Ley de Memoria Democrática”.
Rafael Arias Salgado se olvida de que, cuando Mariano Rajoy llegó a la Presidencia del Gobierno con mayoría absoluta, no derogó la Ley 52/2007, pero dedicó cero euros a la implementación de las políticas públicas que en la ley se contemplaban, entre otras la de recuperación de los muertos enterrados en cunetas o en lugares aún por investigar. Fueron siete años continuados de hacer caer en desuso la ley.
Me temo que es lo que puede acabar pasando con el proyecto de ley de 2022 en el momento en que el PP vuelva a formar Gobierno. Aunque Alberto Núñez Feijóo ya ha anunciado que derogará la ley en cuanto esté en La Moncloa, no es probable que lo haga. De hacerlo, se abriría con seguridad un debate no solamente en España, sino también en el seno de la Unión Europea e incluso en Naciones Unidas, que es lo último que al PP le interesa. Alberto Núñez Feijóo actuará, llegado el caso, de la misma manera que lo hizo Mariano Rajoy.
Dicho en pocas palabras, España sigue teniendo un problema con la memoria democrática. La división del país respecto de la misma sigue viva y sin perspectiva de que se pueda encontrar una fórmula para poner fin a la misma.
Familiares de víctimas y miembros de asociaciones consultados por infoLibre coinciden en que la normativa ha ido introduciendo avances, pero con una afectación meramente simbólica a los verdugos
Paqui Maqueda, un referente del movimiento en Sevilla, reivindica la importancia de lo simbólico, pero admite dudas sobre el alcance de la nulidad de juicios, resarcimiento económico y exhumaciones
Emilio Silva (ARMH) compara las leyes de víctimas del terrorismo y del franquismo: “Nada que ver”. Xulio García (Foros por la Memoria): “Las víctimas siguen sin ser víctimas. Nominalmente sí, legalmente no”
“¿Que si las víctimas del franquismo son víctimas con todas las consecuencias, equivalentes a las de ETA?”. Emilio Silva, presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH), no reprime una risa sarcástica ante la pregunta. “Haz tú mismo este ejercicio –sugiere al periodista–: coge la Ley de Reconocimiento y Protección Integral de Víctimas del Terrorismo y la Ley de Memoria Democrática y compara. Donde pone ‘víctima del terrorismo’, pon ‘víctima del franquismo’. No tiene nada que ver”.
Vamos allá. Las víctimas del franquismo son “una referencia ética” para la democracia, con derecho a una “protección integral” mediante “ayudas, prestaciones y honores” que son “exigibles” ante el Estado en un proceso “rápido”. Las víctimas del franquismo tienen además “derecho” a beneficiarse de medidas para “resarcir” su sufrimiento mediante “indemnizaciones y ayudas” con “aplicación retroactiva”. En caso de “necesidad personal”, Interior podrá dar “ayudas extraordinarias”. Las víctimas del franquismo disponen de un plan de empleo propio. Justicia establecerá una Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Franquismo en la Audiencia Nacional para asesorarlas en sus procesos judiciales.
Así quedaría. Pero esa ley no existe. Todo lo que está en cursiva debe sustituirse por “víctimas del terrorismo”. La doble vara de medir no existe sólo según la interpretación de Silva. Viene expresamente recogida en los dos informes sobre trato a las víctimas en España firmados por Naciones Unidas en 2014 [ver aquí y aquí]. Hay “distintas categorías de víctimas”, dice un informe. El otro señala: “Muchas organizaciones y víctimas han expresado que se siguen sintiendo como ‘víctimas de segunda categoría'”.
¿Ha desaparecido la sensación de ser “víctimas de segunda”? Con motivo del primer “día de recuerdo y homenaje a las víctimas”, establecido por la nueva ley para el 31 de octubre –este lunes–, infoLibre ha recabado respuestas en el movimiento memorialista. El resultado es claro: en absoluto ha desaparecido. Este periódico solicitó este viernes al Ministerio de Presidencia una entrevista con el secretario de Memoria Democrática, Fernando Martínez, sin éxito.
“Demasiadas sombras”
El Encuentro de Colectivos de Memoria Histórica, que aglutina a más de cien colectivos, mantiene en portada de su web un comunicado que dice: “La nueva ley de memoria no garantiza la justicia a las víctimas de la dictadura”. ¿Qué ocurre? ¿Cómo una ley que pretende por segunda vez dar satisfacción a las demandas de las asociaciones de víctimas deja este sabor amargo? Bueno, quizás sería más exacto decir sabor agridulce. Porque algunos avances sí son reconocidos en el ámbito memorialista. Paqui Maqueda, activista de Nuestra Memoria, en Sevilla, cita ejemplos: el sistema educativo incluirá entre sus fines la enseñanza de la “represión”; habrá una “comisión de trabajo sobre la memoria y la reconciliación con el pueblo gitano”; también un “reconocimiento del sufrimiento padecido por las personas” con la polio… Son cosas que, afirma, a los ajenos a la lucha que hay detrás les pueden parecer poco, pero ella les da valor, como a la retirada de calles y monumentos franquistas, “aunque no al ritmo que nos gustaría”.
Ahora bien, sobre la nueva ley ve cómo se ciernen “demasiadas sombras”. Y sobre las sombras también cita ejemplos. Algunos son muy concretos: la Iglesia ni aparece. Otras críticas forman parte de su sospecha de que la ley puede quedarse en más ruido que nueces. “No queremos una ley bonita que luego no se desarrolle. Y, cuando llegue el PP, que la pueda parar”, señala. Tiene dudas sobre qué alcance tendrá la “ilegalidad e ilegitimidad” de los tribunales franquistas. Lo mismo sobre el “derecho al resarcimiento de los bienes incautados y las sanciones económicas”, que afecta –explica Maqueda– a lo que aún llama “mi casa”, que le quitaron en Carmona a su bisabuelo, una de las víctimas de una familia que incluye muertos en combate, esclavos, asesinados… No es la de Maqueda una sospecha infundada: la propia ley (artículo 5.4) establece expresamente que el Estado no asumirá ninguna responsabilidad económica.
Maqueda extiende sus dudas al alcance que tendrá la Fiscalía de Derechos Humanos y Memoria Democrática. Se pregunta –y se contesta que no– si va a “aglutinar e investigar las querellas interpuestas en Argentina”. Y dice: “Allí, en Argentina, fue donde tuve por primera vez conciencia de estar reconocida como víctima. Declaré en un juzgado, frente a un auxiliar judicial. Eso nunca lo hemos tenido aquí y seguimos sin tenerlo”. Sin derogación de la Ley de Amnistía, ve más que difícil conseguirlo.
La cantautora sevillana Lucía Sócam, familiar de represaliados y cuyas letras suelen abordar la guerra, la dictadura y la lucha antifascista, deja clara su premisa: “Los pasos que se han dado han sido gracias a las familias y las asociaciones. El Estado ha ido a remolque”. No niega –nadie lo hace– que la ley avanza, pero afirma –todos coinciden– que se queda corta en aspectos esenciales. “Es una ley para no molestar, que ni habla de verdugos, ni de las empresas que hicieron ricas a costa de los esclavos, ni de la Iglesia”. Su abuelo, dice, “sigue siendo un delincuente legalmente en este país”. Y su tía-abuela, una de las “17 rosas de Guillena”, consta aún como desaparecida, cuando ha sido exhumada y descansa en un panteón identificada “con nombre y apellidos” en un informe forense. ¿Le dará la vuelta a esta situación la nueva ley? A estas alturas, tiene que ver para creer.
“Siguen sin ser víctimas”
Le preguntamos a Xulio García, miembro de la dirección de la Federación Estatal de Foros por la Memoria: ¿Por qué si la ley pretendía dar satisfacción a los herederos de las víctimas hay tan poca satisfacción?. En primer lugar, hace una precisión: las leyes de 2007 y 2022 han servido también para hacer “de cortafuegos” de los planteamientos más ambiciosos del movimiento memorialista. “El resultado, y me duele decirlo, es que el modelo español de impunidad queda renovado”.
“Las víctimas siguen sin ser víctimas. Es decir, nominalmente sí, pero legalmente no, porque la víctima tiene derecho a la reparación automáticamente. Ocurre así con las víctimas de ETA o de la violencia machista, pero no con las del franquismo”, afirma García, que cree que la anulación de la “aberración jurídica” de las sentencias franquistas carece de implicaciones reales por la falta de responsabilidad expresa del Estado y los particulares. De lo contrario, desplegaría “consecuencias inmediatas”. García tampoco niega mejoras, entre ellas la creación de un banco de ADN, la nueva fiscalía, las sanciones, la mayor apertura de archivos… Pero, también al igual que Maqueda, recela de la posible lentitud en la aplicación y del obstruccionismo de aquello que dependa de las comunidades sin sintonía con la norma.
Le preocupa particularmente en qué se traducirá el artículo 16.1: “Corresponderá a la Administración General del Estado la búsqueda de personas desaparecidas […], sin perjuicio de las competencias de otras administraciones”. En opinión de García, a partir de ese “sin perjuicio”, se abre la posibilidad que todo siga como hasta ahora, con el modelo de exhumaciones por subvención. García cree que la nueva redacción va a “perpetuar el modelo privatizado”. Paqui Maqueda explica: “Nos hemos visto comprando pico y pala, contratando arqueólogos y convertidos en gestores de dinero público, teniendo en muchos casos que poner las familias sus propios recursos”.
“No molestar”
Así que pese a los avances, señala García, sigue vigente la campaña de Encuentro por la Memoria “por una ley que ponga fin a la impunidad del franquismo”. Pero, cuando se habla de “fin a la impunidad” o de “justicia para las víctimas”, ¿a qué nos referimos? ¿A juicios con acusados en el banquillo? García señala que, como es obvio, la mayoría de delitos serían a estas alturas imposibles de juzgar, pero sí cree que debería derogarse la Ley de Amnistía para desarrollar investigaciones judiciales. Y si hay responsables vivos, juzgarlos. Coincide Emilio Silva (ARMH): “Hay que investigar aunque esté muerto el autor. Y si hay responsables vivos, pues claro que juzgarlos. ¿Por qué van a ser diferentes los crímenes del franquismo?”.
Silva cree que el trato a las víctimas durante la democracia parte de una premisa que se mantiene: “No molestar a las élites, a los verdugos ni a sus herederos”. A su juicio, el consenso político de la transición se basaba en “esperar a que las víctimas se fueran muriendo, sin hablar ni ser ser atendidas”. Y así ocurrió hasta que hubo “un accidente inesperado”, y es que resultó que hubo “nietos” que en los 90 armaron un movimiento exigente, como resultado del cual la política “tuvo que moverse”. Pero lo ha hecho “sin contar la historia de los verdugos, ni tocar a la Iglesia,ni tampoco a las empresas que se lucraron con el trabajo esclavo“. “En Argentina ha habido condenas a civiles, militares y religiosos. Aquí, nada de eso”, afirma. Y añade: “La política española ha aprendido un truco: hacer unos preámbulos maravillosos que se diluyen en el articulado. La nueva ley es una fotocopia en color de la transición”.
Exhumaciones, indemnizaciones, callejero…
Repasemos con Silva algunos temas concretos. ¿Exhumaciones? “España acaba de mandar 39 forenses a Ucrania a investigar crímenes de guerra. Aquí seguimos esperando que los manden a las fosas del país que les paga el sueldo”. A la espera de ver en qué modelo de exhumaciones se concreta la nueva ley, cree si de verdad hubiera “voluntad política” se crearía “una institución” que garantizara la exhumaciones como un “derecho” ¿Responsabilidad económica? “El Estado no va a asumir ninguna indemnización para quienes sufrieron multas e incautaciones, pero la ley mete en una disposición adicional [la 19] una nueva compensación a los partidos. No sé cómo se han atrevido”. ¿Retirada de calles franquistas? “Sigue faltando un listado de calles que no pueden existir. Lo demás abre la puerta a recursos que obligan a decidir qué cantidad de franquismo es necesario para no poder tener una calle en este país”.
Silva tampoco comparte las conmemoraciones incluidas en la ley: el 31 de octubre, fecha de aprobación en las Cortes de la Constitución (1978) y la primera ley de memoria (2007), pasa a ser “día de recuerdo y homenaje a todas las víctimas del golpe militar, la guerra y la dictadura”. “¿Cómo que ‘todas las víctimas’. ¿Es lo mismo atacar una democracia que defenderla? ¿Tengo yo que homenajear a mi abuelo el mismo día que a Primo de Rivera”?, protesta Silva. En cuanto al 8 de mayo, fecha de derrota del fascismo y el nazismo en 1945, pasa a ser el “día de recuerdo y homenaje a las víctimas del exilio”. “¿Qué le aportó a los exiliados españoles aquella victoria en cuanto que exiliados, si aún quedaban más de treinta años de dictadura en su país?”, se pregunta Silva.
¿Y en cuanto a la justicia para las víctimas? Aquí Silva es más duro. “Hay un apartheid de víctimas. Unas que interesan al Estado y otras que no. La discriminación es clara. Dice Pedro Sánchez [en una reciente visita a una fosa en Valladolid] que el Gobierno ‘cumple su compromiso con la justicia y la reparación’. Que explique cómo. Se dice que la ley incorpora los tratados internacionales [artículo 2.2], pero eso ya está en el 96 de la Constitución”. Silva que remite a un reciente artículo sobre la nueva ley del jurista Carlos Castresana en infoLibre, con afirmaciones como estas: las recomendaciones de la ONU “se han seguido muy limitadamente”; la ley representa un “avance”, pero “sigue siendo insuficiente” por falta de “mecanismos efectivos de rendición de cuentas”; la norma no contempla “el acceso a la verdad como un derecho fundamental” ni “el derecho a la justicia en términos que se aproximen a los estándares internacionales”. “El ejemplo más claro de lo que es la ley –afirma Silva– lo tienes en Queipo de Llano, cuyos crímenes de guerra no se investigan, porque parece que todo el problema es que esté en La Macarena. Es triste, pero el gran castigo a los franquistas es la pérdida de unos títulos nobiliarios“.
Falta de pedagogía antifascista
No todo lo que afecta a las víctimas del franquismo y sus herederos está en el BOE. Su dignificación también exige un respeto social. ¿Se ha logrado? La mayoría de respuestas son ambivalentes. La cantautora Lucía Sócam ve “dos polos”, uno mayoritario, “respetuoso” o incluso que ha “tomado conciencia” a raíz de la apertura del debate, y otro “neofascista” que se ha ido envalentonado. Paqui Maqueda ve el vaso por la mitad: “La mayoría entiende tu dolor, pero sigue siendo posible alabar a Queipo sin ninguna consecuencia”, como acaba de hacer el diputado de Vox Francisco José Contreras. A su juicio, en España ha faltado “pedagogía de la memoria”, un mal de todo el periodo democrático.
Coincide Enrique Díez, profesor de Educación de la Universidad de León, que en su ensayo La asignatura pendiente(Plaza y Valdés, 2020) ha constatado los déficits educativos sobre la guerra, la represión y la dictadura. En su investigación, basada en entrevistas a 610 profesores y en el análisis de libros de ESO y Bachillerato de 15 editoriales, Díez encuentra “cinco temas tabú”: 1) La incautación de bienes. 2) El papel de la Iglesia. 3) Los responsables y partícipes directos de la represión, con nombres y apellidos. 4) El hecho de que una parte de la sociedad civil se implicó en la represión. 5) La falta de reconocimiento y reparación a las víctimas y a los luchadores antifranquistas. No es la única investigación sobre el tema. El artículo ¿Historia olvidada o historia no enseñada? (2019), obra de seis investigadores, acreditaba que sólo un 26,6% de los alumnos de ESO era capaz de definir qué era una dictadura. Tiene interés situar estas conclusiones junto a otros datos de 2018: casi la mitad (un 45%) de los estudiantes de 4º de ESO y Bachillerato del instituto de Salamanca en que se centró otra investigación académica veían innecesario reparar a las víctimas.
Díez, que para paliar estos déficits ha publicadoPedagogía antifascista(Octatedro, 2022), advierte contra la tendencia a volcar sobre la educación la responsabilidad de todos los problemas sociales y recuerda el viejo dicho: “Para educar a un solo niño se necesita a toda la tribu”. No obstante, se pregunta “qué hemos hecho en cuarenta años” para haber creado lo que a su juicio es una generalizada falta de empatía. Por un lado, señala a la parte curricular. “Los chavales siguen aprendiendo más del nazismo que del franquismo, donde se llega tarde y mal si se llega”, afirma, escéptico con los cambios que se puedan establecer a raíz de las nuevas leyes educativa y de memoria. Por otro, señala Díez, hay otro problema más profundo. “La escuela se ha despolitizado. Una de sus funciones, la de transformación, ha retrocedido frente a la educación para el mercado y la competición, a la que se suman multitud de referentes neoliberales e individualistas en televisión y redes sociales”. “Ahora mismo, escucho a adolescentes que ven lo rebelde y lo desafiante ser de Vox y meterse con las ‘feminazis'”, lamenta.
…Dispuestos a luchar hasta agotar el ultimo cartucho, dispuestos a defender las libertades populares marchamos decididos a no terminar la lucha hasta derrotar al enemigo. Pueblo de España en pie; mujeres defended la vida de vuestros hijos, defended la libertad de vuestros hombres. Todos contra la reacción, todos contra el fascismo… Discurso de La Pasionaria, Cine Olympia. Madrid,1936.
Tres hermanos acudieron a escuchar las encendidas palabras de Dolores Ibárruri en Lavapiés al inicio de la Guerra Civil y poco después se alistaron en su batallón dispuestos a defender a la República: Carmelo MarínMartínez tenía 18 años, Agustín 20 y Francisco, 22. La pista de dos de ellos se pierde en la Batalla de Sigüenza. Tras la caída de la ciudad, los prisioneros fueron trasladados al campo de concentración del cuartel de Santa Clara en Soria. Muchos volvieron como trabajadores forzados en la reconstrucción de la catedral pero otros se quedaron por el camino, sembrando los campos y las fosas comunes.
La misma semana en que se ha aprobado la Ley de Memoria Democrática, la asociación Recuerdo y Dignidad realizaba una prospección para intentar localizar en el cementerio municipal de Soria los restos de varios de aquellos desaparecidos, entre ellos los hermanos Marín Martínez, así como la llamada Fosa de los Ilustres.
Foto: Maribel Dorado Marín
El viento y el frío propio de finales de octubre acompaña en el cementerio municipal El Espino a los investigadores de la Sociedad de Ciencias Aranzadi y a los miembros de la Asociación Recuerdo y Dignidad. La lluvia azota con fuerza a los presentes, entre ellos a la sobrina de Carmelo y Agustín Marín Martínez, Maribel Dorado, que se ha desplazado hasta Soria para presenciar la inhumación. La incertidumbre que ha acompañado a su familia durante más de ochenta años. El acto es público, abierto a quien quiera presenciar la excavación, una lección de historia del fascismo en España apenas a unos metros bajo tierra. Un grupo de alumnos de Instituto la contempla con su profesor. Sin embargo, la prospección resulta infructuosa junto a la muralla de Valobos, anexa al actual crematorio. Bajo el mismo cielo inclemente se reanuda al día siguiente, ya en la parte alta, pero el resultado es el mismo. El cementerio ha sufrido distintas intervenciones a lo largo de los años y desde la Asociación conjeturan ya que no será posible encontrar los restos de los represaliados que han permanecido allí enterrados de forma anónima y oculta desde la Guerra Civil.
Los investigadores sabían que las posibilidades de tener éxito eran escasas y pese a ello consideran que es «una actuación necesaria para poder cerrar un oscuro capítulo de la historia de nuestra ciudad». Se trataba del segundo intento de localizar no solo laconocida como Fosa de los Ilustres, sino también otra gran fosa común en la que se ocultaron los restos mortales de más de una veintena de víctimas del franquismo. Entre ellas los investigadores habían identificado a un seguntino y al herrero de Jadraque de la época, Clemente Domínguez.
En torno a estos sucesos y a la fosa, Recuerdo y Dignidad ha realizado una exhaustiva investigación que una vez publicada dará a conocer el modus operandi de los asesinatos. Fusilados como Juan Antonio Gaya Tovar, médico, profesor y secretario del Instituto Antonio Machado. El día de su fusilamiento llevaba en el bolsillo una resolución de la Autoridad Judicial Militar de Zaragoza en la que se le declaraba exento de responsabilidad por los hechos que motivaron su detención, que se produjo cuando acudía a atender a un herido. Después de muerto, se embargaron sus bienes y se le imputaron responsabilidades políticas, se puede leer en El Diario.es. Como él, el alcalde de Ágreda, un fotógrafo y director de periódico, un practicante y el jefe de Telégrafos, entre otros.
Y también podrían estar los tíos más jóvenes de Maribel Dorado. Las investigaciones del Foro por la Memoria de Guadalajara la han conducido hasta aquí, demasiado tarde ya para su abuela, que nunca dejó de llorar a sus hijos desparecidos. «Las esperanzas de encontrar a mi tío mayor las tengo perdidas, pero si quería encontrar a los dos pequeños -explica-. Mi abuela falleció con 92 años sin saber nada y llorando todos los días por sus hijos. Tengo grabada una frase de ella, todas las noches de su vida los recordaba: hijos míos de mis entrañas donde estaréis».
La historia de su familia quedó marcada por estas desapariciones. «Mi abuelo murió a los 4 meses de que se fueran sus hijos -prosigue-. Ella se quedó sin medios y con la obsesión de saber donde estarían. No pudo enterrar a su marido, que fue a la fosa común, pero siempre deseó tener una sepultura donde descansar con sus hijos». Como madre de desaparecidos también tuvo que luchar por obtener una pensión en los años 1980, una vez se concedieron reparaciones a los soldados republicanos y a sus familias. «Con ese dinero, una pensión principal y dos secundarias, después de solicitar a Tierno Galván una sepultura la conseguimos en La Almudena por intercesión personal suya». Allí serían conducidos los restos de Carmelo, Agustín y Francisco Marín Martínez, de aparecer.
Solo de la Batalla de Sigüenza, el Foro por la Memoria de Guadalajara acredita a partir de de documentos militares de la época la desaparición de 157 prisioneros, lo que a juicio de esta organización puede tratarse de «un crimen de guerra», hechos que por resolución de la ONU no prescriben. La Asociación trasladó esta información al relator especial para desapariciones Forzosas, Ariel Dulitski.«La ONU recogió la información, lo que supuso un importante paso, pues se trata de pruebas de un caso flagrante de desapariciones forzadas, pero recordó que es el Estado español el encargado de investigar estas desapariciones«, afirmaba en su día Xulio García, responsable del Foro a El Mundo.
Hasta ahora, han sido asociaciones privadas las que han llevado a cabo las búsquedas y también las inhumaciones, habiendo de correr los familiares en caso de haberlos con las pruebas de ADN, sin el recurso al amparo de la justicia al estar prescritos los casos para la legislación española.
La Ley de Memoria Democrática entró en vigor el pasado día 21 de noviembre y su texto se puede consultar en el B.O.E. Se basa en los principios de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, así como en los valores democráticos de concordia, convivencia, pluralismo político, defensa de los derechos humanos, cultura de paz e igualdad de hombres y mujeres, como reza el comunicado de Presidencia del Gobierno. Para el ministro de presidencia y memoria democrática, Félix Bolaños, con esta ley «pasamos definitivamente página de la etapa más negra de nuestra historia, de la Dictadura y de la Guerra Civil, y abrazamos y reivindicamos lo mejor de nuestra historia, a las personas que lucharon por la democracia, por la Transición, por la Ley de Amnistía y por la Constitución». Para el ministro, la Ley de Memoria sitúa a España al mismo nivel que otras democracias europeas y ajusta a nuestro país a los principios de derecho internacional.
La nueva ley es el paso más grande que se ha dado en este sentido durante el último periodo democrático en España, y sin embargo, no supone una reparación o un marco legislativo completo. Xulio GarcíaBilbao, del Foro por la Memoria de Guadalajara, así lo cree. «Muchas asociaciones de memoria histórica denunciamos desde que se promulgó la ley, en 2007, que era insuficiente y por supuesto dejaba a las víctimas lejos de su derecho de acceso a la justicia. No tenía un reglamento aprobado para desarrollarla y eso nos trajo muchos problemas«, explica. «En mi asociación -prosigue- la Federación Estatal de Foros por la Memoria, elaboramos un proyecto alternativo de ley de víctimas del franquismo que equiparara a las víctimas de la dictadura con las víctimas de cualquier otra naturaleza. La llegamos a presentar en Guadalajara en 2015, cuando nos reunimos 60 asociaciones de todo el Estado español y redactamos un documento reivindicativo que se resumía en 16 puntos que entregamos a todos los partidos políticos de cara a las elecciones de este año»
Los principales puntos deLa Carta de Vicálvaro, como se llamó al documento, eran anulación de la Ley de Amnistía de 1977 y el cumplimiento de las recomendaciones de Naciones Unidas en materia de derechos humanos. En el año 2020 se reunieron con la ministra Carmen Calvo «e incluso consideramos que el que se plantearan una nueva ley ya era un triunfo en sí mismo porque demostraba que la anterior ley de 2007 estaba obsoleta en muchos aspectos«. Xulio GarcíaBilbao afirma que el Gobierno aceptó introducir varios cambios en el texto tras un proceso abierto a la participación ciudadana. Entre ellos, el cambio de ilegal a ilegítimo en el artículo 5, en el tema de la nulidad, «aunque sea un término que en este caso este vacío de contenido por qué no tiene consecuencias jurídicas«, precisa.
Como experto en la búsqueda en archivos militares de personas desaparecidas en la guerra, así como en localizar fosas y rastrear causas judiciales de la Guerra Civil y la represión posterior, GarcíaBilbao cree que la nueva ley es un avance, «pero incurre por desgracia en algunas faltas fundamentales para nosotros. Enuncia mejoras que realmente no lo son. Por ejemplo dice que se van a anular la sentencia judiciales pero no es cierto, es una simple declaración que no tendrá consecuencias jurídicas. Así que en realidad esa reparación es solo moral». Por otra parte, no conlleva reparaciones económicas, explica.
Otro punto en el que la nueva ley no da respuesta a las demandas de las asociaciones memorialistas, según señalan éstas, es el referido a la búsqueda de desaparecidos. «Reivindicábamos que fuera el propio Estado el que se encargara de la búsqueda pero vemos que no es así. La ley crea una fiscalía de sala que se limita a hacer una investigación sin consecuencias jurídicas. El derecho de las víctimas de acceso a la justicia no existe en esta nueva ley», señala el responsable del Foro por la Memoria de Guadalajara.
Las asociaciones apelan a que se desarrolle cuanto antes el reglamento de la nueva Ley de Memoria, incluyendo la creación de un banco de ADN, así como un régimen sancionador para quienes no cumplan la ley. «En materia de justicia la ley es muy deficiente y eso sigue siendo una gran asignatura pendiente. La impunidad de los crímenes de la dictadura permanece. Y permanece el modelo privatizado de exhumaciones en el cual son los propios familiares y las asociaciones y universidades los que se van a encargar de llevar a cabo esas exhumaciones«, aclara Xulio García Bilbao.
Siguiendo las vías del tren desde Sigüenza a Soria los campos están sembrados de muertos, represaliados cuyo nombre se quiso borrar de la Historia, como el de Abundio Andaluz, vicepresidente de la Diputación de Soria, localizado en 2017 por la Asociación Recuerdo y Dignidad con ayuda del pastor que encontró su cuerpo, le dio sepultura y ubicó el lugar para que no se perdiera.
Seguirán siendo familiares y asociaciones privadas los que prosigan la búsqueda y lleven a cabo las exhumaciones de los cuerpos, meras reliquias arqueológicas sin culpables pese a la nueva ley, la más avanzada que ha habido hasta ahora en España en materia de Memoria Histórica y Democrática.
Entrevista a María Luisa Bargalló , hija de Modesto Bargalló. Refugiada española, maestra de Agua Caliente Entrevista a María Luisa Bargalló
Por Ursula Mansur Secretos de nuestra Historia
La estimada profesora del Centro Escolar Agua Caliente, la Química Luisa Bargalló fue recientemente homenajeada por el CUT La Universidad de Tijuana y el rector Jesús Ruiz Barraza ya que cumplió cien años de edad y a través de una entrevista nos relata la difícil situación que vivió en su natal España siendo hija de un republicano durante el contexto de la guerra civil española contra el fascismo (1936-1939) ; nos cuenta cómo sobrevivió en los campos de concentración, huyó con su familia a Francia y después su exilio en México durante el acogimiento del Presidente Lázaro Cárdenas a los exiliados; así como su llegada a Tijuana, y su desarrollo como maestra de secundaria y preparatoria en el Centro Escolar Agua Caliente recién creado, después de que fuera clausurado y expropiado el Casino Agua Caliente, culminando el período presidencial de Abelardo L. Rodríguez, comenzando el gobierno del Presidente Cárdenas.
La entrevista fue realizada el 12 de marzo del 2020 y la maestra Bargalló nos relata también de su trayectoria como mujer de ciencia y docente de muchas generaciones de tijuanenses que la recuerdan con mucho cariño. UM- ¿Qué recuerdas de tu huida de España? LB- Yo nací en Barcelona, y toda mi familia es catalana, pero yo no vivía en Cataluña, sólo iba en las vacaciones a visitar a la familia, porque mi papá era maestro de una Escuela Normal, y estudió en Madrid, y cuando terminó la carrera se fue a vivir a Guadalajara, que está pegadito a Madrid, y se quedó ahí para poder hacer el doctorado en ciencias. Entonces yo me crie en Guadalajara, ahí hice la primaria y parte de la secundaria (por cierto, que cuando llegué a México no traía papeles, tuve que presentar todo a título de suficiencia y recientemente, hace dos años, le hicieron a mi papá un homenaje en España, entonces recuperaron mis documentos y me los entregaron, a estas alturas, si cuando llegué tuve que presentar todos los exámenes a título de suficiencia (RIE).
UM- ¿Cómo se llamaba tu padre? ¿Él también se dedicaba a la Química? LB: Modesto Bargalló, Sí él también era maestro de Química, en la familia, el famoso era él. Yo nunca fui famosa (RIE). Él si era muy reconocido, en España se han acordado mucho de él y le han hecho muchos homenajes. Mi hija ha ido varias veces y nos cuenta que a mi papá lo pusieron en lo que se llama El Claustro de maestros; por mi papá también nos pusieron a mi hija y a mí, aunque de nosotras no saben casi nada, bueno, de mi hija saben que fue directora de la Facultad de Medicina, estamos los tres en El Claustro de la Escuela de Guadalajara, España.
UM- ¿A los cuántos años decidiste que te ibas a dedicar a la Química? LB-Yo desde chiquita, me decían que iba a ser maestra, porque mi abuela era maestra, mis bisabuelos y abuelos habían sido maestros; en España que son un poco ridículos con eso del árbol genealógico, así se decía que desde el siglo XVII todos en la familia habían sido maestros. Entonces decidieron que yo iba a ser maestra; pero al llegar a la prepa me gustó mucho la Química y acabé siendo maestra. Estudié la prepa en el colegio Luis Vives que es una escuela que los exiliados españoles pusieron en México, en el D.F., y luego estudié Ciencias Químicas en la UNAM.
De sus recuerdos en España nos relata: Nací el 17 de diciembre de 1921, era la época en que la gente no nacía en hospitales, sino que nacías en casa, y como mis abuelos vivían en Barcelona, nací en Barcelona, pero luego me llevaron a Guadalajara, aunque iba mucho a Cataluña. La guerra comenzó en julio, eran vacaciones de verano y me cogió en Barcelona y ya no volví a casa, mi mamá y yo nos quedamos en Barcelona, tenía catorce años cuando empezó la guerra. Mi papá era director del Consejo de Cultura de la República y tenía que andar por todos lados. Entonces me presenté en forma libre, podía presentarse uno a título de suficiencia, aunque no hubiera clases, presenté segundo y tercero de secundaria, y los pasé estudiando en casa, fue en Tarragona, que es otra provincia de España, era una secundaria oficial, no me acuerdo el nombre, pero sólo había una oficial, que era del gobierno. Durante la guerra, me la pasé en Barcelona, aguantando bombardeos todos los días…si salíamos, a conseguir comida, teníamos que ir hacer cola para conseguir comida, aunque también podían bombardearnos en casa, nos daba igual. Mi papá fue republicano toda la vida, desde estudiante, y mi tío Miguel, (quien después estuvo aquí en Tijuana), en esa época era diputado y tenía un montón de puestos políticos, y también era republicano, y como llegó Franco que era dictador, y contrario, pues tuvimos que salir de España. UM- ¿Qué canciones recuerdas de la guerra civil española, la de ¡Ay Carmela!? LB- ¡Ay Carmela! Si te quieres acordar…ya no me acuerdo de las letras. Había una que decía: “De las bombas que tiran, de las bombas que tiran los alemanes…” (porque eran alemanes los que nos bombardeaban) “se hacen las madrileñas, se hacen las madrileñas, se hacen las madrileñas tirabuzones, tirabuzones”.
UM- ¿Quiénes las cantaban?, ¿los jóvenes, en las calles, y en el frente de batalla? LB- Sí también en el frente de batalla, los jóvenes iban en el frente.
UM- ¿Y te tocó participar en algo? LB- Yo era muy chica, tenía un hermano que estaba chico. Fuimos con mi mamá a los hospitales, ahí en Barcelona a ayudar a curar a los heridos. Mi papá sí estuvo muy cerca del frente porque lo cambiaron de Guadalajara y se iba pasando a escuelas que estuvieran cerca del frente, para conseguirles comida a los niños. UM- ¿Cómo conseguían la comida, se organizaban? LB- Haciendo cola, en el mercado negro, y como se pudiera, sí todo estaba organizado, pero lo que no había era comida. En la guerra de España; Italia, Japón y Alemania eran los países del eje y estaban con Franco. Y los aliados que eran todos los demás, sobre todo Francia, Inglaterra y Estados Unidos, tenían miedo de que se desatara la segunda guerra mundial, y con tal de no meterse en una guerra, nos dejaron solos. Tuvimos que luchar solos contra Italia y Alemania. Fueron tres años de estarlos aguantando, hasta que salimos… UM- ¿Entonces hasta 1939 saliste de España? LB- Sí, fue en 1939, a finales de enero, pero no recuerdo la fecha, creo que el 29, salimos a pie, hacia los pirineos y al llegar a Francia, nos cogió la policía y nos metieron en un campo de concentración. Ahí estuvimos no mucho, tres semanas, aunque se me hicieron eternas. UM- ¿Qué recuerdos tienes del campo de concentración? LB-campo de concentración, ya de por sí la palabrita ya es… en primer lugar nos dieron de comer siempre lo mismo, tengo un aborrecido recuerdo de un arroz de color rosa y dormíamos en paja, menos mal, otros no tuvieron ni paja, a nosotros si nos pusieron paja, fuimos cuidados por soldados senegaleses, eran negros, yo no soy racista, pero yo creo que eligieron los más feos que había en África; algo pasó que nos reímos porque éramos muy jóvenes, y los jóvenes en circunstancias difíciles aun así se ríen; entonces uno de ellos, un senegalés me dio un bayonetazo, me pegó con su bayoneta en la pierna, y todavía tengo la cicatriz. UM- ¿Cómo pudieron escapar del campo de concentración? LB-Eso fue, gracias a que mi papá y mi tío habían estudiado en Francia también. De los compañeros de cuarto de mi tío y mi papá, en aquel entonces, que eran tres, uno era Serrai, que en ese momento era rector de la Sorbona de París y René Aut, que era dueño y director de un periódico en Alsacia; ellos nos localizaron y nos sacaron del campo de concentración. Estuvimos en Alsacia con René desde febrero, marzo, abril y mayo; y en ese mes, el rector de la Sorbona, nos avisó que se estaba organizando una expedición de intelectuales a México y que nos había anotado, pero que le contestáramos que, si queríamos ir, y dijimos que sí; y entonces nos fuimos a Perpiñán, y otra vez nos metieron en un campo, en lo que salíamos, fue sólo dos o tres días y salimos por Sète, que es pegadito a Marsella y nos subimos al primer barco de refugiados que llegó a México que se llamaba el Sinaia, en ese barco llegamos a Veracruz…yo sí hablaba francés y lo que no hablaba era inglés, y me tocó venir a vivir a la frontera (RIE).
La maestra Bargalló recuerda que, a su llegada al puerto de Veracruz, tuvieron un gran recibimiento y recuerda que ese fue gran gesto de generosidad del presidente Lázaro Cárdenas. En su relato continúa describiendo su estancia en Veracruz, su llegada a la Ciudad de México, y más tarde su llegada a la ciudad de Tijuana, y cómo se convirtió en maestra del Centro Escolar Agua Caliente, motivada por su tío Miguel Bargalló, quien, desde luego, al igual que su padre, era exiliado, ya que habían sido acusados por el régimen fascista de Franco de ser masones, propagandistas e inspiradores de los crímenes que se habían cometido en Guadalajara, España, durante la guerra civil. Para Luisa Bargalló convertirse en maestra del Centro Escolar Agua Caliente en Tijuana, significó la retribución que ella tenía que dar a México, en agradecimiento de haberle dado el exilio. (Fragmento de la entrevista de duración de 1 hora, continuará).Ursula Mansur es autora de La reina Calafia y el origen de la palabra California, fue invitada a formar parte de Mujeres con propósito por el mundo por rescatar temas de migrantes, de indígenas, y temas histórico-culturales de la frontera de México y Estados Unidos, a través del teatro, cine y publicaciones. Ha recibido reconocimientos de la SOCIEDAD DE HISTORIA, el SEMINARIO DE CULTURA MEXICANA y EL PATRONATO CIUDADANO DEL ARCHIVO HISTORICO DE TIJUANA. Es colaboradora de la asociación activista ROOTS de Estados Unidos y es la editora de Latinas with purpose, que próximamente publicarán Tell me a story, historias de latinas migrantes. Es coordinadora de tours Tijuana agua caliente
8-6-2022.- El memorial dedicado en Guadalajara dedicado a las víctimas de la represión franquista de Guadalajara, sufre graves desperfectos desde el pasado mes de abril. El Foro por la Memoria de Guadalajara, una de las entidades que promovió y colaboró en su construcción, ha expresado su protesta en numerosas ocasiones desde que fue descubierta la caía accidental de la primera loseta, el 26 de abril pasado. A estas denuncias se ha unido el Partido Comunista y Unión General de Trabajadores.
Dicho monumento, ubicado en el corazón del cementerio municipal de la ciudad, tiene tan solo siete meses de antigüedad (fue inaugurado el 5 de noviembre de 2021) y presenta numerosos daños y desperfectos debido a una ineficiente construcción: losetas caídas y hechas añicos, pintadas, vandalismo, estado de fragilidad, degradación general…
Las víctimas se encuentran repartidas por todo el cementerio: en fosas que habían sido sometidas al olvido, habían sido invisibles y habían sido el objeto de lucha y debate en varias mociones en el Ayuntamiento de Guadalajara. Pero fue en junio de 2017 cuando se aprobó la moción y permitió la construcción de este necesario memorial, un monumento por la justicia social, que conmemora a esas 976 víctimas de la represión franquista que lucharon por la libertad y dieron su vida por defender un gobierno legítimo. La destrucción no es la consecuencia de la actuación de ningún vándalo, sino el fruto de la impericia de los albañiles que procedieron a colocar las baldosas, todas ellas del mismo tamaño y con nombres grabados en su anverso. Por desgracia, y a pesar de transcurrido un mes y medio desde la caída de la primera placa la única actuación municipal visible ha sido la de limitar el entorno con una cinta de la Policía Local. Ni siquiera se ha puesto una lona para taparlo, tal y como ha pedido el Foro por la Memoria, asociación que acude con frecuencia a este espacio de memoria acompañando a familiares de víctimas procedentes de toda España, visitas y acompañamiento que ha dejado de realizar en vista del lamentable estado del memorial, que produce vergüenza ajena.
El pasado pleno municipal, el concejal de Unidas Podemos, José Morales, hizo una pregunta a instancia nuestra al equipo de gobierno municipal sobre el estado del memorial, y sobre su restauración. Dicha denuncia incluía una cuestión sobre la errata cometida por el ayuntamiento en la instalación de varias placas dedicadas a las víctimas recuperadas en el cementerio civil https://guadalajara.5avd.tv/ (minuto 07:41:43) a la cual la concejala de Cementerio, Lucía de Luz, indicó «que se habían caído dos placas» cuando a fecha de 7 de mayo de 2022 el número de placas es de 28, y se siguen cayendo. La respuesta respecto a la errata cometida, dijo que ya se habia corregido, cosa que a fecha de 8 de junio, no es cierta.
Arriba, primera placa caída el día 26 de mayo de 2022, Foto: Foro por la Memoria
Último homenaje realizado alli a familiares, realizado el 2 de mayo, en el que sólo era una la placa caída. Foto: Foro por la Memoria
El PCE , partido que se ha hecho eco de esta denuncia, indica que estos daños y desperfectos son debidos “debido a una ineficiente construcción: losetas caídas y hechas añicos, pintadas, vandalismo, estado de fragilidad, degradación general…”
María Fernández, secretaria provincial del PCE indica: “Exigimos al Ayuntamiento de Guadalajara que tome medidas al respecto. Conmemoraciones, recuerdos y homenajes como este son la clave para aprender del pasado y no cometer los mismos errores en el presente”.
Guadalajara, 05/05/2022.- Con motivo de homenajear a los deportados guadalajareños a los campos nazis, Ha tenido lugar una ofrenda floral en el monolito instalado en el Parque de La Concordia de Guadalajara.
Coincidiendo con el día de la liberación del campo de concentración de Mauthausen, el 5 de mayo de 1945, las instituciones de Guadalajara, encabezadas por el alcalde de la ciudad, Alberto Rojo, han realizado una ofrenda floral en la placa instalada en el parque de La Concordia, que por este motivo se inauguraba el año pasado.
Al acto han asistido entre otros, la subdelegada del Gobierno, Mercedes Gómez, el delegado de la Junta de Comunidades, Eusebio Robles; el vicepresidente de la Diputación Provincial, Rubén García, y el portavoz del Foro por la Memoria de Guadalajara, Xulio García, quien asistió en nombre de la Amical de Mauthausen y otros campos, asociación que cumple este año 60 años y Daniel Touset, portavoz de Unidas Podemos en la Diputación. Asistieron también Pilar Cuevas, delegada provincial de Hacienda de C-LM y Sara Simón, concejala del Derechos de la Ciudadanía
El 26 de abril de 2019, el Consejo de Ministros acordó instaurar el 5 de mayo como ‘Día de Homenaje a los españoles deportados y fallecidos en Mauthausen y en otros campos y a todas las víctimas del nazismo de España‘. La fecha elegida coincide con la conmemoración de la liberación en 1945 del campo de Mauthausen, en Austria, donde fueron concentrados la mayoría de los deportados españoles, y donde, finalmente, fallecieron la mayor parte: 129 guadalajareños fueron deportados a los campos nazis y de ellos, fallecieron 89.
01/05/2022.- La manifestación convocada por los sindicatos de clase, UGT y CCOO ha vuelto a llenar las calles de Guadalajara, como siempre, en un ambiente festivo y reivindicativo, aprovechando un día soleado en nuestra ciudad. Un acto especialmente festivo, de reencuentros para muchos militantes de izquierdas después de levantadas las limitaciones por la pandemia.
La manifestación sin embargo ha sido especialmente triste, dado el aciago balance de accidentes laborales que viene sufriendo nuestra provincia y que ha estado en la mente y en la boca de todos.
Tras los discursos de los representantes de los sindicatos y el tradicional canto de La Internacional, ha tenido lugar un merecido homenaje a un querido compañero. EvelioSánchez-Largo Garrido, veterano militante del PCE y fundador de CCOO. El homenaje ha consistido en la entrega de un diploma, elaborado por el Foro por la Memoria de Guadalajara, con la “propuesta de la Medalla de la Libertad”. El diploma fue entregado por Javier Morales, secretario provincial de CCOO, María Fernández, secretaria provincial del PCE, y contó con la presencia de la familia de Evelio, encabezada por su esposa Felicísima Valtierra. Asistieron tambien el presidente del Foro por la Memoria, Pedro A. García Bilbao y el coordinador provincial de IU, Daniel Touset. El Foro por la Memoria ha entregado más de 90 diplomas como el de hoy a veteranos antifranquistas y sus familias y reproduce una medalla de 1937, la cual propone que le sea entregada al homenajeado, cuando gobiernen “las autoridades legítimas de la República española”.
Evelio Sánchez ha recibido el sencillo diploma emocionado, y se lo ha dedicado a su querida compañera Felicísima y al recuerdo de tantos camaradas que ya no están. El camarada Evelio Sánchez-Largo Garrido nació en Los Yébenes (Toledo) en 1935, hijo de campesinos pobres, desde los 6 años tuvo que dedicarse a cuidar el ganado. A su padre, también llamado Evelio, no le vió durante los tres años de guerra, y después, tampoco, porque estuvo siete años preso en las cárceles de Franco. Su madre Eulalia tuvo que sacar adelante a la familia como tantas compañeras de presos. El joven Evelio tuvo contacto con la guerrilla antifranquista, concretamente con el grupo de “el manco de Pesquera” de los montes de Toledo, con los que colaboró con apenas 10 años llevándoles muchas veces comida y haciendo de enlace, incluso asistiendo en una ocasión a un tiroteo con la Guardia Civil.
Al salir su padre de la cárcel, en 1946, la familia se plantea emigrar a Argentina, vendiendo incluso la casa, pero finalmente se quedan en Madrid, donde Evelio, tras varias vicisitudes, aprende el oficio de tornero, ingresando en la fábrica de Barreiros. El compromiso político de Evelio Sánchez le hace ingresar en 1960 en el Partido Comunista de España, y poco después , juntamente con Marcelino Camacho, es uno de los fundadores de Comisiones Obreras. Despedido de Barreiros por motivos sindicales, teniendo que dedicarse a varios oficios. En 1966 se produce su primera detención por la policía franquista, por reparto de “propaganda ilegal” durante las elecciones sindicales. Un mes de cárcel y libertad condicional. En 1968 se produce la segunda detención en la famosa “caída” de toda la cúpula de CCOO en una reunión en la madrileña plaza de Mariano de Cavia. Evelio fue detenido un total de 22 veces, sufriendo la mayor parte de las veces terribles torturas policiales en los sótanos de la DGS de la Puerta del Sol, siendo una de las víctimas del torturador policial Antonio González Pacheco, conocido como “Billy el Niño” interrogado incluso por el número 2 del Ministerio de Gobernación, Saturnino Yagüe, que era quien daba las órdenes. Evelio comenta que su peor detención fue la cuarta , durante el estado de excepción de 1972, en la que estuvo 18 dias en la Dirección General de Seguridad, sometido a todo tipo de torturas diariamente. Finalmente, sin lograr extraerle ni un solo nombre de compañeros, ni un solo dato, fue trasladado a la cárcel de Carabanchel, donde dice “ir a la cárcel era descansar, porque allí se acaban las torturas y estabas con tus camaradas”. Juzgado por el Tribunal del Orden Público, su causa fue sobreseída tras cuatro meses de prisión . Su última detención, poco antes del referéndum de 1976, y tuvo que ser puesto en libertad dada la protesta y presión ciudadana de sus vecinos, Dirigente de asociaciones de vecinos en Villaverde Alto y tambien miembro de las mismas en Guadalajara, ciudad donde vive desde el año 2008. En Madrid fue candidato entre otras en la lista del PCE a las municipales de 1979, y en nuestra provincia en las listas de Unidas Podemos en las últimas municipales. Este homenaje ha sido una sencilla muestra de cariño de sus amigos y compañeros.
Agradecimientos: Manolo Diéguez , José Morales y Julio Martínez
Evelio Sánchez posa con su diploma acompañado de: (De izda a dcha: Pedro A. Garcia Bilbao, presidente del Foro por la Memoria de Guadalajara; María Fernández, secretaria política del PCE de Guadalajara; Daniel Touset, coordinador provincial de IU y Javier Morales, secretario provincial de CCOO. Foro por la Memoria.
El dia 7 de mayo en Sacedón (Guadalajara) , Amical de Mauhausen y Foro por la Memoria participaremos en este homenaje a los 6 sacedonenses deportados a los campos nazis, 3 murieron alli asesinados, y otros 3 sobrevivieron , haciendo suyo el compromiso “nunca más” de todos los supervivientes de los campos nazis, Uno de ellos MANUEL RAZOLA dedicó especialmente su vida a difundir este horror, Sus familiares que viven en Francia asistirán especialmente a este acto.
Sacedonenses
Bernardino Buendia Gallego de Sacedón asesinado el 24 de marzo de 1942 en Gusen Clemente Escamilla Rebollo, de Sacedón asesinado el 18 de diciembre de 1941 en Mauthausen Carlos Puerta García de Sacedón asesinado en Neuengamme Pedro Díaz Clemente de Santa Maria de Poyos, asesinado el 18 de diciembre de 1941 en Hartheim
Liberados Luis Corona López liberado el 5 de mayo de 1945 en Mauthausen
Antonio Puerto Páez liberado el 5 de mayo de 1945 en Mauthausen
Manuel Teodoro Razona Romo, liberado el 5 de mayo de 1945 en Mauthausen